Info General

Abren una nueva inscripción de Procrear II en Corrientes

Así lo confirmó el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación informó que a partir del miércoles a las 10 abren las inscripciones de la línea Desarrollos Urbanísticos para Corrientes y otras 16 provincias, más la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Según detalló la cartera nacional está prevista la construcción de 900 viviendas correspondientes a Procrear II, a través de un acceso al crédito.

Para inscribirse deberán ingresar a www.argentina.gob.ar/habitat

Además, el Ministerio señaló que la obtención del crédito será a partir de la fórmula "Casa propia".

Esta línea posibilita el acceso al crédito para la construcción de viviendas nuevas de hasta 60 metros cuadrados que se asienten en lote propio.

Los requisitos, según la página, son los siguientes:

Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.

Contar con Documento Nacional de Identidad vigente.

Contar con ingresos provenientes de trabajos formales, jubilaciones y/o pensiones. La suma de los ingresos mensuales netos del grupo familiar deberá estar entre 1 y 8 SMVyM (Salarios Mínimos, Vitales y Móviles).

Tener entre 18 y 64 años al momento de la inscripción.

No ser propietarios/as o copropietarios/as de bienes inmuebles, con excepción de los casos previstos en las Bases y Condiciones.

No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos 9 meses.

No encontrarse inhibido/a.

Registrar 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados/as e independientes).

No se admitirán terrenos que: se encuentren en barrios cerrados o privados, que su tasación supere los $3.500.000, o que no sean de titularidad de los/as solicitantes (salvo familiares directos). Se deberá contar con título de propiedad del inmueble/boleto de compraventa o instrumento idóneo en caso de terrenos provenientes de organismos públicos.

Solo será posible construir los Modelos de Viviendas del Programa (a excepción de quienes construyan al fondo o arriba de la casa de sus padres). El crédito deberá destinarse a la construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y no superar los 60 m2 de superficie.

GOBIERNO NACIONAL PROCREAR ll

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