Política

Capital: El PaNu impulsa un proyecto de Restricción al Tránsito en el Microcentro

Crédito: 92476

El proyecto presentado por el concejal doctor Esteban Horacio Ibáñez se sustenta en "una alta estrategia política" de ordenar el microcentro de raíz, con la mayor participación en el debate previo, y con proyección a décadas por venir. Un problema "que ya nos ha superado", dice.



Titulo: REORDENAMIENTO DEL TRANSITO EN EL MICROCENTRO

 

Presentante: Concejal Dr Esteban Horacio Ibáñez

 

Bloque: Partido Nuevo

                                              

VISTO:

 

La necesidad de tomar medidas eficaces tendientes al reordenamiento del tránsito en el microcentro de la ciudad,  debido al  notorio colapso que se vive y sufre en en los horarios pico de los días laborables, que se acentúan notablemente con el inicio de las actividades escolares y bancarias;  teniendo en cuenta la problemática del vecino común que se encuentra limitado de hecho para el acceso al microcentro con su automóvil o motocicleta debido al gran número de vehículos en circulación, sumado a  las distintas situaciones de transito irregulares que se viven (estacionamientos en doble fila, obstrucción de cocheras particulares, obstrucción en acceso a rampas para discapacitados, estacionamiento en lugares reservados a móviles sanitarios o bancarios, etc).

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es necesario articular con todos los sectores y establecer un mecanismo integral con miras a llevar solución a los problemas de tránsito en el microcentro de la ciudad de Corrientes.

 

Que es de alta estrategia de gobierno dotar a la ciudad de un sistema eficaz, moderno y amigable de acceso a la infraestructura de servicios concentrados en el microcentro, de tal manera de proyectarla como una ciudad turística, saludable, y receptiva, eliminando de raíz los atávicos problemas de movilidad en esa zona.

 

Que es preciso pensar la ciudad como un sistema de relaciones humanas, de vinculaciones sociales de índole comercial, educativa, cultural, económica.

 

Que en base a ello debemos legislar a futuro, con proyección a su crecimiento exponencial, a décadas vista, planteándonos el hoy como la base para lo que pretendemos dejar a las futuras generaciones.

 

Que no se trata de dar soluciones parciales, sino de fondo para un problema que ya nos ha superado haciendo que el tránsito sea un caos, por el descontrol generado por sí mismo debido a una falta de intervención de índole general,  problema evadido en los últimos años.

 

Que somos responsables de generar un debate amplio con miras a dotar lo más pronto posible de la solución, tal como se da en las principales ciudades de mundo, que dan respuestas proyectivas, predecibles y de alto impacto, pensando a futuro.

 

Que la población espera este tipo de actitudes de sus representantes, y que más allá del conflicto que una norma en principio puede crear, está en el Estado y su conducción mantener con firmeza sus decisiones, convencidos de una política integral que contenga a todos.

 

Que el cambio que se propone apunta a replantear, rearticular, rediseñar y responder a la realidad. Ello impactará en los servicios, el comercio, el uso del tiempo, la seguridad vial y personal, el movimiento y desplazamiento de personas, la visión turística y el cuidado del medio ambiente.

 

Que es tiempo de instalar un nuevo paradigma político-cultural. No la de un Estado recaudatorio, sino de un Estado que cuide a sus ciudadanos, ordene su vida pública y la convivencia, y determine su presencia como factor de desarrollo inclusivo.        

 

Que, por las características urbanísticas de la ciudad, el centro concentra la mayoría de las oficinas públicas, escuelas, iglesias, sanatorios, hospitales y  tribunales, sumado al mayor sector comercial ubicado en la peatonal Junín y calle Hipólito Irigoyen.

          

Que, la Municipalidad en plan de descentralizar las oficinas de su dependencia, ya ha  trasladado a distintos puntos de la ciudad  Acor, la  Caja Municipal de Prestamos, el Tribunal de Faltas y las oficinas de Transito.

          

Que, en el mismo sentido el gobierno provincial ha presentado e iniciado las primeras obras de traslado de las oficinas del Banco de Corrientes, del Instituto de Previsión Social y el IOSCOR fuera del centro de la ciudad.

          

Que, la seguridad Vial constituye un problema de Estado, siendo facultad del gobierno municipal intervenir en materia de transito,  lo que hace necesario establecer nuevas, y mejores disposiciones tendientes a lograr una mayor seguridad del  mismo.

          

Que, asimismo, el Código de Tránsito y Transporte de nuestra Ciudad tiene como objetivo básico la utilización adecuada y segura de la vía pública por parte de los distintos usuarios que circulan por ella, en un marco de respeto mutuo, propendiendo a la preservación del medio ambiente.

          

Que, una ciudad sustentable se define como aquella ciudad donde existe una adecuada movilidad, ahorro de energía y de recursos hídricos, disminución de la contaminación y creación de espacios públicos agradables donde haya áreas verdes con una gran funcionalidad.

          

Que, esta iniciativa forma parte de un conjunto de acciones destinadas a reorganizar en forma general el transito, que en materia de transporte y movilidad la racionalización del uso de los automóviles privados, debe darse a través de acciones que desalienten su uso en zonas y horarios de alta densidad de vehículos.              

       

Que, para pensar en una ciudad sustentable, se debe alentar la utilización del transporte público, haciéndolo elegible, promocionar el ordenamiento del tránsito y la seguridad vial.

             

Que, el presente proyecto además de ser un paso a convertir a Corrientes en una ciudad sustentable, sino que desalienta notablemente el uso de vehículos particulares y prioriza la utilización del transporte público de pasajeros, lo que brindará mayor seguridad y comodidad a la circulación peatonal, mejorará el espacio público, beneficiando tanto a los ciudadanos que habitan en el área, como también a los que trabajan diariamente en el centro.

             

Que, esta iniciativa además de los beneficios antes señalados, hará que el transporte público de pasajeros tenga una mejor circulación traducido en un mejor cumplimiento de horarios y frecuencia, generando así un beneficio notable al usuario del mismo.

           

Que se pueden prever plazos de aplicación de la presente Ordenanza, instrumentándola en etapas secuenciales, a fin de ir generando el necesario acostumbramiento a la población de lo que se pretende, educándola en el mejor uso del nuevo sistema, y a la vez concientizándola de las bondades de tener a disposición el mismo como recurso urbanístico a ser utilizado y mejorado.

           

Que es bueno que se de participación a todos los actores involucrados, entidades intermedias, profesionales, comerciales, usuarios y vecinos en general, para que hagan un amplio aporte y enriquezcan la iniciativa según sus propias visiones, sin olvidar que lo que se pretende es sumar a un proyecto común.

            

Que, por Ordenanza N° 5325 se declaró la Emergencia vial en nuestra ciudad.

           

Que, por  Ordenanza N° 6259 del año 2015 se aprobó la creación del Sistema de Corredor Vial Integral de la Ciudad de Corrientes, el cual consiste en la afectación de distintas calles y avenidas de la Ciudad, al uso exclusivo de circulación de vehículos ya sean transporte de pasajeros públicos o privados, y particulares, prohibiendo el estacionamiento vehicular las 24 horas del día, afectándose las siguientes calles: 1- La Rioja en una extensión de 8 cuadras continuas desde calle Bolívar y hasta Avenida Costanera General San Martin; 2-  Av. Costanera Generai San Martín y su Continuación Av. Juan Torres de Vera y Aragón, de circulación Este a Oeste (Banda Norte), en una extensión de 5 cuadras continuas desde calle Catamarca y hasta calle Salta ; 3- Av. Costanera General San Martín y su Continuación Av. Juan Torres de Vera y Aragón, de circulación Oeste a Este (Banda Sur), en una extensión de 5 cuadras continuas desde calles Buenos Aires hasta calle Mendoza;

            

Que, por  resolución de la Dirección de Transito se restringió el estacionamiento de calle Mendoza en los tramos de calle Hipólito Irigoyen y 9 de Julio.

            

Que, el Ejecutivo Municipal por Resolución N° 2076/17, crea el corredor vial sobre calle Salta desde Av. Juan de Vera hasta calle Irigoyen; y se amplió el corredor de  calle Rioja desde calle Bolívar hasta Avenida 3 de Abril.

            

Que, desde la municipalidad se han llevado a cabo diversas medidas tendientes al reordenamiento del tránsito, no obstante ello, es necesario avanzar con normas que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos.

            

Que, se pretende establecer medidas progresivas tendientes al reordenamiento del tránsito en el microcentro, medidas que seguirán avanzando en toda la ciudad.

            

Que, teniendo en cuenta el crecimiento del parque automotor y de motos, y del importante volumen de tránsito que se registran en el centro de la ciudad, es necesario restringir el uso de vehículos particulares, en horarios y fechas que se determinarán.

 

Que, la mayor congestión vehicular en el microcentro, tiene como punto crítico los días laborales y el horario de ingreso y egreso escolar.

            

Que, se propone como unas de las primeras medidas la restricción de ingreso de vehículos particulares dentro de las calles que comprenden el microcentro, las que surgirán del debate del presente proyecto.

           

Que, se propone como franja horaria de 8 hs a 18 hs los días hábiles, dejando libre circulación los días inhábiles, los feriados nacionales, provinciales, municipales, horario sujeto a modificación..

          

Que, a efectos de autorizar el ingreso de vehículos habilitados a circular en dicha área, se deberá crear un registro de usuarios, donde estarán obligados a registrarse los frentistas, los usuarios de cocheras sean titulares o locatario, los hoteles situados en el área que cuenten con cocheras o dársenas de ascenso o descenso de turismo, deberán tramitar el permiso para la circulación en la zona, los que serán identificados con una oblea clara y visible.

         

Que, quedarán exceptuados de registración los vehículos de emergencia, los vehículos afectados al  transporte público de pasajeros, los taxis y remises, los motovehículos que realicen servicio de mensajería, los transportes escolares, transporte de turismo puerta a puerta, los taxis y remises, todos ellos  con su habilitación municipal vigente, los vehículos para transporte postal, los vehículos de caudales o blindados, los vehículos que presten servicio fúnebres, las unidades de auxilio mecánico de automotores, los que transportaran como pasajeros a discapacitados, ancianos o impedidos de movilidad personal,  los equipos móviles de exteriores de radio y televisión, y todos aquellos de servicio público que se determinaran específicamente.

 

Que se determinan las zonas de estacionamiento medido en el perímetro comprendido entre…., sobre las calles….. con el sistema de aparcamiento en 45 grados en el sentido de circulación, del lado derecho, y en fila sobre la acera derecha en las calles…., 

       

Que, así mismo en la zona existen actualmente espacios de estacionamiento reservado para las instituciones públicas, por lo que será facultad del Departamento Ejecutivo Municipal al disponer la reubicación de los mismos u otra medida  conveniente al efecto.

      

Que, es función del Estado velar y actuar en beneficio de la comunidad.

      

Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante según Art. 29° Inc. 36 de la Carta Orgánica Municipal legislar sobre el tránsito vehicular.

 

POR ELLO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

 

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

ART.-1°: CREAR el Sistema de Restricción de acceso de vehículos particulares en el microcentro de la ciudad.

 

ART.-2°: EL Sistema de Restricción consistirá en la afectación de distintas calles y avenidas de la Ciudad, a la restricción de la circulación de vehículos particulares,  en los días hábiles desde las 8 hs hasta las 18 hs.

 

ART.-30:AFECTAR las calles y vías destinadas a la aplicación del Sistema referido.

 

ART4º. CREAR los espacios de Estacionamiento Medido con la modalidad “a 45º” y “en fila” en las arterias que se determinen por parte de las normas que surjan de la presente.

 

ART. 40: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar las medidas necesarias a los efectos de la reubicación de los Espacios Reservados para las Instituciones Públicas y Privadas, como así también, los Espacios Reservados para Frentistas, que se encuentren afectados por lo dispuesto en los artículos anteriores.

 

ART.-50: LA presente Ordenanza será refrendada por el Señor Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

 

ART.-6": REMITIR  la presente  al  Departamento  Ejecutivo  Municipal  para su promulgación.

 

ART.-70: REGISTRESE, COMUNIQUESE,  PUBLÌQUESE Y ARCHIVESE.  

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