El acusado, que está en libertad luego de un fallo de la corte suprema, se presentaría en queja antes de cumplirse el tiempo legal.
En un nuevo revés judicial para el ex cura Domingo Jesús Pacheco, la Corte correntina rechazó el Recurso Extraordinario Federal para revertir la condena de 13 años por la violación de un menor cuando estaba a cargo de la iglesia de Esquina.
Pacheco se encuentra en libertad y tiene un recurso para presentarse en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Por resolución 203 del 22 de diciembre de 2023, el Superior Tribunal de Justicia provincial con una conformación diferente para tratar el Recurso de Casación -Gustavo Sebastián Sánchez Mariño, Nidia Alicia Billinghurst de Braun, Mario Alberto Alegre y Ana del Carmen Figueredo, con la presidencia de la doctora María Eugenia Sierra de Desimoni-, declararon inoficioso el recurso extraordinario federal, presentado por la defensa del ex religioso Pacheco.
Según la resolución que fue publicada por el medio Actualidad Esquina: 1º) Se declara inoficioso el recurso extraordinario federal presentado por los Dres. Diomedes Guillermo Rojas Busellato y Hugo Pedro Sandoval, en representación de D.J.P., con costas.
2º) Procede el registro y la notificación.
La causa tiene un largo recorrido de idas y venidas.
El Tribunal Oral Penal de Goya dictó la sentencia condenatoria Nº 12 el 23 de febrero del año 2017 declarando a Domingo Jesús Pacheco autor responsable del delito de "Abuso sexual con acceso carnal, doblemente agravado por la modalidad de delito continuado (arts. 119, tercer y cuarto párrafos incs. a y b del Código Penal), condenándolo a la pena de 13 años de prisión. La condena se produjo luego de la sentencia de reenvío Nº 104 del 6 de junio del año 2016 por el Superior Tribunal de Justicia -integrado por miembros titulares- que hizo lugar a los recursos de casación interpuestos por el Sr. fiscal de juicio y el querellante conjunto casando el primer fallo absolutorio Nº 219 dictado a favor de Domingo Jesús Pacheco por el Tribunal Oral Penal de la ciudad de Goya. La condena fue confirmada en la instancia de casación por sentencia Nº 48 del 17 de abril del año 2018 dictada por el Superior Tribunal de Justicia -integrado con sus miembros titulares- que rechazó el recurso de casación de la defensa particular ejercida por el Dr. Juan Felipe Rajoy el 20 de marzo del año 2017, y declaró inoficioso el recurso extraordinario federal por Resolución Nº 144 del año 2018, lo que motivó el Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que resolvió el 15 de noviembre del año 2022 -concordemente con lo dictaminado por el Señor Procurador General de la Nación interino- hacer lugar a la queja declarando procedente el recurso extraordinario. La Corte Suprema Justicia de la Nación resolvió dejar sin efecto la sentencia Nº 48/2018 del Superior Tribunal de Justicia -que confirmaba la condena del Tribunal Oral Penal- y remitir a origen a fin de que se dicte nueva sentencia, por razones de afectación al principio de imparcialidad del juzgador en la integración de los miembros del Tribunal Superior.
Por esa razón y en cumplimiento de la garantía de imparcialidad de los jueces se conforma la casación el Superior Tribunal de Justicia con ministros diferentes para su revisión -Gustavo Sebastián Sánchez Mariño, Nidia Alicia Billinghurst de Braun, Mario Alberto Alegre y Ana del Carmen Figueredo