Cultura

Corrientes: Trabajadores de las artes escénicas presentaron un proyecto en el Concejo

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Referentes del teatro y la danza presentaron una iniciativa en el Concejo Deliberante para darle un marco normativo a la actividad de las salas teatrales independientes y espacios de formación artística en la ciudad de Corrientes.

 

La Asociación de las Artes Escénicas de Corrientes (ACTECOR) integrada por trabajadores del sector del teatro y la danza, presentó hoy en Mesa de Entradas del Concejo Deliberante de la Ciudad de Corrientes el “Proyecto de Ordenanza de Salas de Teatro Independientes y Espacios Independientes de Formación Artística”, que busca un marco regulatorio para ambas disciplinas y el reconocimiento de la actividad.

 

La iniciativa surge a partir de la falta de un marco legal que regule la actividad de las Salas Teatrales Independientes y los Espacios Independientes de Formación Artísticas en la Ciudad de Corrientes.

 

Actualmente no cuentan con un marco de referencia que los incluya, cuando deben realizar los trámites correspondientes de habilitación,  son incluidos en los rubros comerciales existentes. Esto genera innumerables inconvenientes en su proceso de habilitación ya que no están incluidas en ningún marco legal que sea a fin a las mismas.

 

Además, expresaron que consideran que la actividad cultural es fundamental en toda sociedad y es parte primordial de la misma, por lo tanto debe ser incluida en ordenanzas específicas y que contemple su naturaleza.

 

Es importante destacar que la actividad además de lo artístico, son fuentes de ingreso para numerosos trabajadores  de las artes escénicas, generando una actividad  genuina a actores, bailarines, dramaturgos, coreógrafos, directores, asistentes escénicos, productores, técnicos y trabajadores de las cultura en general.

 

En el informe que presentaron hace unos días expresaban que son más de 10 mil trabajadores del teatro y la danza en toda la geografía provincial.

 

PROYECTO DE ORDENANZA

SALAS DE TEATRO INDEPENDIENTES Y ESPACIOS INDEPENDIENTES DE FORMACIÓN ARTÍSTICA

 

Artículo 1º .- A los fines de la presente ordenanza, se considerará Salas de Teatro Independientes a los establecimientos que tengan a la actividad teatral como actividad principal, definida ésta como toda representación de un hecho dramático, manifestada artísticamente a través de distintos géneros interpretativos, según las siguientes pautas:

 

Cuya forma de administración sean: Autogestionados y de administración a cargo de Organizaciones civiles sin fines de lucro, fundaciones, ONG´s, colectivos, agrupaciones independientes.

 

Que constituya un espectáculo con asistencia de público  y sea llevado a cabo por uno o más artistas de teatro en forma directa, física y real. En vivo, y con la exclusión de toda otra forma de representación.

 

Que refleje alguna de las modalidades teatrales existentes o que fueran creadas tales como la tragedia, comedia, sainete, clown, mimo, comedia musical, leído, de títeres, expresión corporal, de cámara, teatro danza y otras que posean carácter experimental, o sean susceptibles de adoptarse en el futuro.

 

Que conforme un espectáculo artístico que implique la participación real y directa de uno o más sujetos compartiendo un espacio común con su auditorio.

 

Asimismo, forman parte de las manifestaciones y actividad teatral las experiencias colectivas y de investigación, documentaciones y enseñanzas afines al quehacer descrito en los incisos anteriores.

 

Artículo 2º .- Por su parte se considerará Espacios independientes de Formación artísticas, a las Academias, Institutos y Estudios, los que tengan como actividad principal la enseñanza de disciplinas artísticas escénicas, teatro, danzas en sus múltiples modalidades, comedia musical, canto, expresiones corporales o del espectáculo, performance, entre otros. Según las siguientes pautas:

 

Que se cuente con un espacio físico libre y apto para realizar actividades artísticas en sus múltiples modalidades, teatro, danza, canto, expresión corporal, música, talleres de baile (ritmos latinos, ritmos urbanos, danzas folclóricas, etc.), entre otros.

 

Que la interacción del maestro con el alumno sea en forma presencial, Aspecto esencial en el proceso de aprendizaje.

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