Sociedad

Cromañón: la Cámara de Casación confirmó la condena a Callejeros

Los músicos recibieron penas de hasta 7 años de prisión.
A más de 10 años del incendio de Once, la Sala IV dictó una nueva sentencia en cumplimiento con la orden que le dio la Corte Suprema de revisar la causa. En el boliche murieron 193 personas. 

La Sala IV de la Cámara de Casación en la causa Cromañón confirmó las condenas contra los músicos de Callejeros y otros cuatro imputados por sus responsabilidades en la tragedia del 30 de diciembre de 2004 en el boliche de Once, en la que murieron 193 personas.

Con esta sentencia, Casación cumple con lo dispuesto en agosto del año pasado por la Corte Suprema de Justicia, que le ordenó revisar el fallo de 2012 en el que había condenado a los músicos a penas de hasta 7 años de prisión.

Como en la sentencia de primera instancia habían sido absueltos, el máximo tribunal avaló el recurso de queja de los músicos y basándose en el criterio del “doble conforme” estableció la revisión de la condena en otra instancia. Sin embargo, los músicos seguirán en libertad.

Detrás del fallo hay una compleja trama judicial que comenzó a tejerse hace diez años e incluyó más de 300 testigos, 118 audiencias (sin contar las de los juicios anexos) y 350 cuerpos sólo en la etapa de instrucción. A lo largo de esta última década, en cada encuentro judicial se repitieron esquemas: cientos de familias rotas esperando que un veredicto les ofreciese algo de paz, insultos para los integrantes de Callejeros, súplicas de Justicia por parte de los acusados y manifestaciones en la puerta de Tribunales de jóvenes fanáticos de la banda.

El incendio en el boliche República Cromañón dejó 193 muertos y 15 imputados, entre los que estaban, además de los músicos, el manager Diego Argañaraz, el ex gerenciador Omar Chabán (fallecido el 17 de noviembre del año pasado), el ex jefe de seguridad de la disco Raúl Villarreal, el comisario Miguel Belay, el subcomisario Carlos Díaz, el ex director de Fiscalización y Control Gustavo Torres y las funcionarias encargadas de la habilitación del local, Fabiana Fiszbin y Ana María Fernández.

Se sentaron por primera vez en el banquillo de los acusados el 19 de agosto de 2008. Un año después, el Tribunal Oral Criminal 24 condenó a Chabán y al subcomisario Díaz, pero absolvió a los músicos. La sentencia fue apelada y la Sala III de la Cámara de Casación Penal modificó en 2011 la carátula: redujo la pena de Chabán y condenó a Callejeros. El TOC fijó entonces penas en suspenso para los músicos, que fueron de entre 3 años y un día hasta 5 años (la máxima, para el líder Fontanet). El castigo fue apelado y un año después Casación volvió a corregir al TOC 24 y les elevó la pena a los músicos, con sanciones de cumplimiento efectivo. Dos meses después, la Cámara Federal de Casación ordenó la detención de los músicos, que se concretó días antes del aniversario de la tragedia, el 20 de diciembre de 2012.

Un año más tarde, la Corte Suprema consideró que debía aplicarse el criterio del “doble conforme” porque en una sentencia habían sido absueltos y en otra condenados, y ordenó la revisión, que es lo que hizo ahora la Sala IV de Casación.

(Fuente: clarin.com)

 

 

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