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El RENATRE volvió a aumentar la prestación por desempleo para trabajadores rurales: $100.000 a partir de abril

El Directorio del RENATRE (Registro Nacional de Trabajadopres Rurales y Empleadores) elevó el monto de la prestación por desempleo por segunda vez en lo que va del año para las y los trabajadores que se encuentran transitando la falta de empleo en el sector rural. A partir del mes de abril de 2024, el monto máximo de esta prestación se elevará a $100.000, mientras que el mínimo será de $50.000.



Esta medida tiene como objetivo principal colaborar con la familia rural a través de un ingreso en la difícil situación del desempleo. El incremento en las prestaciones por desempleo se enmarca en la Ley 25.191 y refleja el compromiso del RENATRE de garantizar el bienestar de quienes trabajan en el campo.



El instituto del subsistema por desempleo de la seguridad tiene por objetivo asegurar el acceso a los beneficios de la misma, como las asignaciones familiares, la cobertura de salud para el trabajador o trabajadora titular del beneficio y su grupo familiar y el sepelio, en caso de fallecimiento. Es importante destacar que los períodos en el que se recibe esta prestación se computan como tiempo efectivo de servicios a los efectos previsionales o de jubilación.



Adrián Luna Vázquez, presidente del RENATRE, aseguró: “Nos resulta muy importante poder incrementar la prestación de manera sostenible, acompañando a todos los trabajadores que desafortunadamente perdieron su empleo en momentos muy complejos”.



El aumento se aplicará a todas las prestaciones, lo que significa que quienes se encuentren cobrando la prestación por desempleo verán incrementado su monto a partir de abril (Conforme Art. 11 anexo I Resolución RENATRE N° 68/17 y normativa aplicable).



El director del RENATRE, José Voytenco, señaló que “por segundo mes consecutivo aumentamos la prestación para llegar a los $100.000 y seguir acompañando a todos los trabajadores y trabajadoras rurales que se encuentran sin empleo. Esto demuestra, por un lado que el RENATRE sigue ejerciendo un fuerte compromiso con el sector de los trabajadores y trabajadoras y, además, los esfuerzos por dotar a la familia rural de una prestación en este contexto de crisis económica que estamos transitando”.



Complementando la asistencia económica, la prestación comprende cobertura médico-asistencial para el trabajador y su grupo familiar primario durante el tiempo que dure la misma; el servicio de sepelio también para el trabajador y su grupo familiar directo; y el acceso al cobro de las asignaciones familiares que otorga la ANSES, en los casos que corresponda, y a los programas de capacitación del organismo. El período durante el cual se percibió la prestación se computará como tiempo efectivo a los fines previsionales.



Otro aspecto importante es que todos aquellos beneficiarios y beneficiarias de la prestación por desempleo son incorporados a las capacitaciones que brinda el RENATRE (técnicas, de formación y difusión de derechos) así como a los programas de capacitación ofrecidos por el organismo.



Quienes se encuentren en las denominadas zonas desfavorables recibirán un incremento del 20% para el pago de las prestaciones por desempleo de las provincias de Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y un 10 % para las provincias de Neuquén y Río Negro.



Para acceder a la prestación por desempleo, los trabajadores rurales deben cumplir con los siguientes requisitos: poseer el Código Único de Identificación Laboral (CUIL); encontrarse en situación legal de desempleo por causas no imputables al trabajador; estar inscripto en el RENATRE; solicitar la prestación dentro de los 90 días contados a partir de la fecha en la que el trabajador se haya quedado sin trabajo (pasado ese tiempo se descontará un proporcional. Además, deben estar debidamente registrados en la seguridad social por parte de su empleador, conforme las siguientes condiciones: Los trabajadores rurales permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores a la finalización de la relación laboral que dio lugar a la situación legal de desempleo; y los trabajadores temporarios y permanentes discontinuos deberán contar con los períodos declarados como empleado/a de 180 jornadas efectivas de trabajo dentro de los 36 meses inmediatamente anteriores al cese de la relación laboral/finalización de la temporada o ciclo de prestación de servicios.



Para más información sobre las prestaciones por desempleo, se puede acercar a la delegación o a las Boca de Entrega y Recepción (BER) más cercanas, ingresar a www.renatre.org.ar, al portal.renatre.org.ar o llamar al 0-800-777-7366. También gestionar la prestación al WhatsApp +54 911 2279-0400.



En Corrientes, la Delegación provincial a cargo de la contadora Mónica Arnaiz, cuenta con el número de WhatsApp 379-424815 para las consultas vinculadas a la prestación por desempleo.

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