Como para empezar el año con buenas noticias respecto del Río Paraná y el Canal Magdalena, la semana pasada se conoció la Resolución 942/2022, publicada en el Boletín Oficial y según la cual el ingeniero Hernán Darío Orduna quedó a cargo de la puesta en marcha del Canal Magdalena.
Informes confidenciales dignos de crédito aseguraron a esta columna que Orduna ya se habría reunido con Juan Manuel Olmos, Vicejefe de Gabinete y hombre de confianza del Presidente, quien le habría transmitido la orden de AF de "meterle prisa al Canal Magdalena".
Diversas fuentes aseguraron a esta columna que esto "en los hechos implica un cambio muy importante", tanto que en algunos despachos ya se habla del Magdalena como "asunto terminado". Lo que a esta columna no deja de parecerle prematuro, si bien la salida de José Beni de la AGP (Administración General de Puertos) se ve como una decisión plausible. Tanto que, en palabras de un miembro de la Mesa Coordinadora de la Defensa de la Soberanía del Río de la Plata y el Canal Magdalena, "pasar de un Beni frenando el Canal a un Orduna empujándolo, hay una gran diferencia".
En la cosecha de optimismos del fin de año, cabe anotar también que el nunca del todo condenado Decreto 949/20 que abrió las puertas a desnacionalizar la política fluvial y exportadora argentina, sufrió fuertes modificaciones, al menos en su artículo primero y se espera que también en el segundo. Así se estaría enterrando la licitación masiva que impulsara el fallecido ministro Meoni con el referido decreto 949, y se desactivarían muchas licitaciones y contratos. Claro que todavía no se conoce el DNU que sepulte ese decreto cipayo, pero la sensación que impera en expertos consultados es que "de hecho el 949 está muerto y hay que celebrarlo".
Si bien todavía hay cuestiones algo confusas, lo concreto e importante es que este cambio se produjo por decisión de los gobernadores de las 7 provincias ribereñas, quienes hicieron prevalecer por unanimidad la posición del bonaerense Axel Kicillof en el sentido de que sea la AGP la que maneje los próximos 15 años todo lo referido a la llamada "vía troncal de navegación", además de que se realicen obras puntuales por el sistema de contratación de obra.
Desde luego que para dicha Mesa, de confirmarse la anulación del mencionado decreto significaría una victoria política y económica muy importante, sobre todo porque la beneficiada será la República Argentina. "El 949 era una infame traición a la Patria y si verdaderamente murió fue por nuestra lucha. Pelear no fue en vano".
Otro dato interesante, y original, es que el mencionado ingeniero Orduna –desde ahora al frente de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria Canal Magdalena, que tiene casi dos años de creada y sin resultados– estará al frente del organismo “ad honorem”. Lo que no es pequeño dato y habla bien de Orduna, quien ya estuvo a cargo del Ente Nacional de Control y Gestión de la así llamada "Vía Navegable" y es además delegado argentino ante la Comisión Administradora del Río Uruguay.
La Unidad Ejecutora asesorará desde ahora en todo lo vinculado al Canal Magdalena, hasta la adjudicación, y deberá realizar en forma directa o delegada los estudios e informes necesarios para la confección del pliego licitatorio, coordinando actividades entre las distintas jurisdicciones del Estado nacional, organismos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, universidades nacionales y otras instituciones relacionadas con el proyecto.
Además, deberá impulsar y coordinar la Audiencia Pública conforme lo establecido por la Ley N° 25.675, asi como estudiará la documentación, antecedentes y estudios del proyectado Canal de Navegación Magdalena, llamando a licitación pública nacional e Internacional para el dragado de apertura, mantenimiento y señalización del mismo en el Río de la Plata.
La unidad ejecutora del Canal Magdalena también será responsable de la firma del contrato con quien gane la Licitación Pública Nacional e Internacional para la ejecución de las tareas de dragado de apertura, señalización y mantenimiento en las áreas de dragado que van desde las Señales N° 22 (Km 143,900) del canal Punta Indio –zona denominada “El Codillo”– hasta la isobata que define los 11 metros de profundidad inicial.
Orduna es nacido en Concordia y cuenta con una larga trayectoria en el sector, además de haber sido vicegobernador de Entre Ríos entre 1991 y 1995 e intendente de Concordia entre 1999 y 2003. Reconocido como férreo defensor del Canal Magdalena, al que considera muy superior, técnica y prácticamente, al Canal de Punta Indio, que es el utilizado actualmente y sólo conduce a Montevideo, donde se pierden la soberanía argentina y el control de todas las exportaciones e importaciones argentinas. Por eso Orduna considera que "la superioridad técnica del Canal Magdalena es insoslayable, no sólo por su alineamiento en la dirección de las corrientes marinas, que lo hacen más rápido, sino por su bajo costo de dragado, que no alcanza a la mitad de lo que se debe invertir en el Punta Indio con el mismo fin”.
Acaso el Canal Magdalena viene a cerrar la intensa e inclaudicable lucha librada desde los inicios del gobierno del FdeT. Y su concreción será plausible cuando, en primer lugar, se acaben las indefiniciones y abusos que desde 2020 enturbiaron todo lo referente a navegación, puertos y exportaciones.
Quedará para otros debates la cuestión de la libre navegación de ríos interiores, que no es novedad en la Historia Argentina sino que forma parte de las luchas por la organización nacional durante el siglo XIX. Las batallas de Vuelta de Obligado (1845) y Punta Quebracho (1846) pusieron fin al bloqueo naval del Río de la Plata que había impuesto una poderosa armada anglo-francesa, colosal para la época. Como resultado de esas dos batallas se obligó a ambas potencias militares a firmar la paz con el gobierno de Juan Manuel de Rosas. Y así quedó establecido en el artículo 4° del Tratado de Paz Arana-Southern, por el que Gran Bretaña reconoció que la del Río Paraná era “una navegación interior de la Confederación Argentina y sujeta solamente a sus leyes y reglamentos; lo mismo que la del Río Uruguay en común con el Estado Oriental”. Igual cláusula se replicó en el Tratado firmado con Francia.
Pero pocos años después y tras derrotar a Rosas en la batalla de Caseros (agosto de 1852) fue el "supremo entrerriano" Justo José de Urquiza, quien como primer Presidente Constitucional de la Confederación Argentina, apenas asumir el cargo en 1853 decretó la libre navegación de los ríos interiores, desde entonces “permitida a todo buque mercante cualquiera sea su nacionalidad, procedencia y tonelaje”.
Ese ejemplar principio cipayo fue rápidamente incorporado a la Constitución Nacional de 1853 y así se fundó la “Argentina liberal y moderna” que durante décadas fue elogiada y siempre restablecida, y que hoy defienden con ardor las oligarquías y las derechas políticas especialmente porteñas.
Y también fue ésa la base conceptual del odio a Juan Domingo Perón, un siglo después intenso defensor de la Patria Justa, Libre y Soberana.