Política

La Junta Electoral se expidió sobre el cumplimiento de la veda electoral

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Por Resolución N° 16 el organismo recordó a los medios de comunicación la prohibición de actos de proselitismo desde 48 hs. antes del comicio del 8 de octubre próximo.



A los fines brindar un marco de seguridad y certeza respecto de la legalidad al momento de la aplicación del Código Electoral y sus prohibiciones, la Junta Electoral Provincial hizo saber por Resolución N°16 a los medios de comunicación a cargo de la difusión de publicidades electorales y proselitistas tanto nacionales, provinciales como municipales, que deberán observar y hacer observar las disposiciones legales establecidas en el Código Electoral Provincial (art. 71, inc. f).

 

En concreto, deberán abstenerse de difundir actividades desarrolladas por las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de movilización, difusión, publicidad y presentación de planes que estén relacionadas directa o indirectamente con las elecciones a llevarse a cabo este 8 de octubre próximo, sin que ello signifique en modo alguno desconocer o cercenar los derechos de la libertad de prensa y de trabajar y ejercer industria lícita reconocidos constitucionalmente.

 

La Junta Electoral Provincial está presidida por el doctor Gustavo Sánchez Mariño e integrada por las doctoras María Eugenia Sierra y María Eugenia Herrero.

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