El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes remitió al Poder Legislativo y al Ejecutivo el anteproyecto de reforma al Código Procesal Laboral de la Provincia de Corrientes. La propuesta incorpora nuevos institutos y actualiza otros, en busca de lograr un proceso judicial más sencillo, rápido, económico, efectivo y justo.
A mediados del año 2015, con el objetivo de aportar a contar con un Código Procesal Laboral más actualizado, el Poder Judicial de Corrientes había conformado una Comisión integrada por magistrados y funcionarios judiciales para la elaboración de un anteproyecto para modificar el código vigente.
Ahora, el Superior Tribunal de Justicia, remitió al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo el nuevo Anteproyecto de Reformas al Código Procesal Laboral de la Provincia de Corrientes, con todo lo actuado, a fin de que se inicie el trámite parlamentario correspondiente.
El propósito del proyecto es brindar a los justiciables un mejor servicio de justicia, a través de un proceso sencillo, rápido, económico, efectivo y justo.
"El objetivo propuesto fue la tutela de la dignidad de la persona humana, con la garantía de sus derechos fundamentales mediante un acceso real y efectivo a la justicia" había expresado la Comisión Redactora en su momento al presentar la propuesta a las autoridades del Superior Tribunal de Justicia.
El Anteproyecto se ajusta a las previsiones constitucionales en la materia y adecua el ordenamiento jurídico a los estándares internacionales de derechos humanos; y mantiene los institutos que la realidad ha demostrado como eficaces.
También innova en deberes y facultades de los jueces y Tribunales, en la moralización del proceso –deberes de las partes-, distribución de la carga de la prueba, régimen de costas, medidas cautelares, proceso abreviado –en casos de accidentes o enfermedades laborales- y extensión de condena.
La Comisión propuso una mejora significativa del sistema procesal actual, incorporando nuevos institutos, actualizando los ya vigentes, sobre la base de una realidad en constante transformación y que no debe quedar al margen de los principios rectores y normas nacionales e internaciones que ven al trabajador/a como persona y sujeto de preferente tutela.