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Prohíben un suplemento dietario en polvo por incumplir normativa vigente

La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal),que depende del Ministerio de Salud de la provincia, prohibió el fraccionamiento, tenencia, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio provincial de un suplemento dietario a base de glucosamina sulfato cloruro potásica, cúrcuma, ácido hialurónico y vitamina D3, en polvo para reconstituir marca Cartrexan Gluco.La medida dispuesta responde a que el producto no está autorizado y al exhibir un número de RNPA no es válido, refiriendo el mismo a un número de expediente, incumpliendo con la normativa vigente.

La Agencia detalló el producto a los fines de alertar a la población con la información precisa.Producto: Suplemento dietario a base de glucosamina sulfato cloruro potásica, cúrcuma, ácido hialurónico y vitamina D3, en polvo para reconstituir.Marca: Cartrexan GlucoRNE: N° 02-034321RNPA: Expte Nº EX-2023-32582140- GDEBA-DIYPAMDAGPRazón Social: ADYFA SADomicilio: Av. Juan XXIII Nº 180, Lomas de Zamora, Pcia. de Buenos AiresComercializado por RNE: Nº 01-001271Razón Social: PANALAB S.A Argentina

La Assal es el organismo encargado de verificar que los alimentos cumplan con la legislación vigente; que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria, y que esa información sea cierta y correcta, a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos garantizando la salud de todos.

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