Política

Rechazan recurso extraordinario de Partidos Cambio Popular y Justicialista

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El STJ rechazó el recurso extraordinario presentado por los Partidos Cambio Popular y Justicialista contra el reconocimiento de la personería jurídico política de la agrupación Cambio, Austeridad y Progreso.



La decisión de la Corte Provincial fue plasmada este lunes en la sentencia N° 6/17 y lleva la firma de los doctores Eduardo Panseri, Luis Eduardo Rey Vasquez, Alejandro Alberto Chain, Fernando Augusto Niz y Guillermo Horacio Semhan.

 

Los Ministros consideraron que los apoderados de los Partidos Cambio Popular y Justicialista expusieron una mera discrepancia respecto del análisis jurídico efectuado por la Cámara, y no demostraron la violación o aplicación errónea de la ley.

 

La Justicia Electoral había declarado inadmisible el 25 de julio pasado la oposición al nombre adoptado por el Partido Cambio, Austeridad y Progreso, formulada por las dos agrupaciones políticas antes mencionadas.

 

Se señaló que las actuaciones fueron iniciadas por un partido distrital con personería jurídico política reconocida por el Juzgado Federal con competencia electoral, para obtener el reconocimiento como partido provincial a efectos de lograr la habilitación para proponer candidatos a cargos electivos provinciales y comunales en el ámbito de la provincia de Corrientes, cuya denominación, por tanto, fue admitida en esa instancia.

 

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Electoral rechazó los recursos interpuestos por entender que los agravios expresados no lograron conmover lo resuelto por la juez de primera instancia.

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