"La Dirección de Calidad Ambiental y Bromatología, recuerda a los Señores Comerciantes y Clientes que se encuentra vigente la Ordenanza N° 3.128/18 que expresa en su artículo N° 2 que 'se prohíbe en toda la ciudad la tenencia, fabricación, comercialización, depósito, circulación y venta al público, mayorista o minorista, el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería de tipo explosiva con efecto audible o sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, sea éste de venta libre o no, y/o fabricación autorizada', señala un comunicado de esa repartición municipal.
No obstante, mediante la Resolución N° 66/18 del Departamento Ejecutivo, se reglamenta que quedan permitidos para la venta y uso los siguientes productos: fosforitos, estrellitas, bengalitas sin humo, volcanes de efectos lumínicos, fuentes de efectos lumínicos o fumígenos.
Inspectores del área verifican el cumplimiento de la normativa y recuerdan que ante cualquier duda se presenten en la mencionada Dirección, en la Terminal de Ómnibus, local N° 6.