El caso de la actriz española de 68 años que fue madre por gestación subrogada volvió a colocar el tema en en el centro del debate. ¿Es legal en el territorio nacional? ¿Qué opiniones hay al respecto y por qué en algunos sectores genera rechazo?
Los de Marley, Florencia de la V y Topa son algunos de los casos famosos de personas que en el último tiempo recurrieron a la subrogación de vientres para cumplir con su deseo de maternar o paternar. Si bien en la Argentina es una práctica que aún no está legislada, son cada vez más las parejas o individuos que, al no poder o querer gestar o llevar a término un embarazo, emprenden el proceso de subrogación.
Pero, ¿de qué hablamos cuando hablamos de gestación subrogada? En resumen, se trata de una práctica que consiste en el consentimiento de una persona gestante para llevar a término un embarazo con la intención de satisfacer el deseo o la necesidad de quien o quienes serán responsables de la crianza del bebé.
Sin intención de agotar un tema por demás complejo, a continuación se presentan algunas de las premisas que describen la situación actual y permiten empezar a entrar en el debate.
La legislación en Argentina
¿Es legal alquilar un vientre en nuestro país? La situación es difusa, porque si bien no existe una ley que prohíba o legalice la práctica, hay una traba que complejiza el proceso. Para el artículo 562 del Código Civil, es madre de un niño aquella que lo gesta. Por ese motivo, quienes intentan llevar adelante la gestación subrogada en Argentina deben hacer una presentación judicial para pedir autorización.
Sin embargo, en la Ciudad de Buenos Aires existe la posibilidad de no recurrir a la Justicia. Consultada por AM750, la psicóloga perinatal y fundadora de la Fundación CONCEBIR, Estela Chardón, explicó que en el territorio porteño actualmente rige un amparo colectivo que “permite la inscripción de un bebé a nombre de sus padres (por ejemplo, en el caso de parejas masculinas) con el contrato de gestación frente a un escribano y el consentimiento informado de la clínica de reproducción, sin necesidad del fallo judicial”.
Pero la situación es diferente en otras jurisdicciones del país. Fuera de CABA, es necesario tener un fallo judicial para poder inscribir al bebé. En Córdoba, recientemente, una jueza falló en favor de un médico que, luego de dos años de espera, podrá ser padre mediante el método de subrogación de vientre.
Proyectos de ley
En la actualidad existen dos proyectos que buscan abordar el tema en su conjunto, uno de la diputada nacional del Frente de Todos por Córdoba Gabriela Estévez y otro del senador mendocino de la UCR, Julio Cobos. Ambos establecen una serie de requisitos en común para llevar adelante la práctica, como la provisión de seguro médico para la persona gestante, el derecho a que quien nace a través de este método pueda acceder a la información legal concerniente a cómo fue gestada y la penalización a terceros que pretendan lucrar con el método de gestación subrogada.
Los puntos de coincidencia no terminan ahí. Ambos proyectos hacen hincapié en la exigencia de que las personas solicitantes tengan al menos cinco años de residencia en el país, para evitar el arribo de extranjeros que tengan como fin el proceso de gestación por sustitución.
En diálogo con AM750 y Página/12, la diputada Gabriela Estévez subrayó la importancia de legislar la actividad ya que -como señala un Informe de la Relatora de Naciones Unidas sobre la explotación infantil- es en los marcos donde la legislación no es clara cuando se producen abusos. Una de las situaciones que se pretende evitar es que “aspirantes a progenitor de países occidentales empleen intermediarios con ánimo de lucro para contratar a madres de alquiler vulnerables de países en desarrollo”, tal como indica el informe de la ONU.
Opiniones a favor y en contra de la subrogación
“Las personas no quieren sino que necesitan una gestación subrogada”, señala Chardón, sobre quienes se deciden a emprender este proceso. Desde su experiencia en CONCEBIR, la psicóloga explica que, en los casos de impedimentos médicos o estructurales para gestar, se trata de “situaciones muy angustiantes”, y que hasta hace unos años las únicas opciones para estas personas eran recurrir a la adopción o a un tratamiento en un país en donde estuviera legalizada la práctica.
Respecto de los derechos de las personas gestantes, Chardón sostiene que es necesaria una legislación que delimite, ordene y unifique los contratos de gestación. “Una gestante por contrato con apoyo del equipo tratante y con sus derechos claramente establecidos habilita y empodera a mujeres que deciden gestar para otra familia”, plantea.
Consultada por los cuestionamientos a la gestación subrogada que se hacen desde distintos sectores, la psicóloga destaca como entre las críticas “más fuertes” la idea de que el bebé fue concebido a través de un vínculo mediado por un contrato y un pago de una suma dinero.
En ese sentido, Chardón aporta: “Este es un tema en donde hay valores morales en juego, y por eso una ley solo resolvería lo que esta sociedad permite o no. Como en el caso del aborto, no se pueden resolver las diferencias éticas individuales sino lo que como sociedad se permite o no. La diferencia es que en la gestación las personas que la necesitan son una minoría”.
Por otro lado, también se hace eco de las críticas a la mercantilización del cuerpo de las personas subrogantes. “Lamentablemente, en un sistema capitalista siempre el cuerpo es empleado y se recibe un pago por esto, ya que en cualquier empleo hay un uso del cuerpo”, opina.
Y concluye: "Quienes se oponen dicen que se explota o usa el cuerpo de la gestante, pero yo creo que la mujer puede decidir sobre su cuerpo tanto para abortar como para gestar. Es una elección que no toda mujer deseará, pero es posible hacerlo de forma empoderada”.