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Vandalizaron el comercio de la mujer que olvidó a su perro en el auto y murió asfixiado

El comercio ubicado en Corrientes al 600, perteneciente a la familia de la joven que el martes olvidó a su perro en el auto bajo el sol y murió, permanecía cerrado este miércoles. La reja sobre la vidriera de la zapatería estaba baja y el negocio sin funcionar. “Cerrado por irresponsables”, decía un cartel pintad a pano sobre un cartón, y colocado en la puerta de ingreso al inmueble, junto al que estaba desde antes y dice: “Golpee y aguardo, no empuje”.

La dueña del perro, una mujer de 30 años que trabaja en el comercio familiar, enfrenta una causa por la ley de maltrato animal. El mismo martes por la noche fue llevada hasta la comisaría 2ª, donde estuvo demorada mientras la policía tomó sus datos y se “le formó causa”, según explicó a Conclusión su abogado, Juan Emilio Molina.

Para el representante legal de la familia, se trató de un caso “culposo”, es decir, cuando se comete un delito o una infracción sin intención de causar daño. “Nadie quiere matar a su perro”, dijo Molina, quien consideró que lo que cometió su clienta fue “una falta”.

Pero el caso tuvo una gran repercusión social, tanto en los medios de comunicación como en las redes sociales, en las que incluso se divulgó la identidad de la mujer, fotografías suyas y de Coco, el malogrado perro.

Según el abogado, la mujer fue a trabar como todos los días pero, en esta ocasión, “se olvidó” el animal en el automóvil, que quedó estacionado a unos 50 metros del local, al mediodía y bajo el sol. Como resultado del encierro y las altas temperaturas, el animal murió por la tarde.

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El impacto que causó la difusión de la muerte del perro llamó la atención de miembros de asociaciones proteccionistas, que increparon a la mujer por su descuido, que no consideran tal.

Este miércoles el comercio estuvo cerrado y su frente vandalizado. Alguien pintó sobre una pared “cómo podés matar a tu perro”. También pegaron carteles impresos: uno pide el cierre del local comercial y asegura que los “que vieron y no ayudaron” al animal encerrado “también son cómplices”.

Otro cartel de papel, pegado en la puerta de ingreso al negocio, pide “Justicia por Coco” y demanda, a la vez, “cárcel” para la mujer, a la que considera “asesina”.

¿Qué dice la ley?


La ley de protección al maltrato animal, sancionada el 5 de noviembre de 1954, establece pena de prisión de quince días a un año a quien “infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”.

La misma norma establece, por separado, qué conductas se consideran abarcadas por cada categoría. Define como maltrato “no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos; azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas; hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado”.

También “emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado” o “estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos”, así como usarlos para “el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas”.

Por otra parte, la ley 14.346 considera tratos crueles a acciones como “mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal”; intervenirlos quirúrgicamente “sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario”; también “experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia”, así como “abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones”.

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