Interior

Violencia laboral: respaldo a trabajadora doméstica tras ser golpeada por su patrona

En un contexto donde la mayoría de las labores domésticas se realizan sin presencia de testigos directos, la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Goya evaluó con criterio amplio el caso de una trabajadora que sufrió maltrato verbal y físico por parte de su empleadora.



Apurada por cumplir con otras labores pendientes, una trabajadora doméstica utilizó un cuchillo y no una espátula al momento de manipular un recipiente. El episodio derivó primero en insultos y gritos, y luego en un golpe. La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral respaldó a la empleada que se dio por despedida tras el hecho. El punto central de la causa fue el modo de valorar de los testimonios y pericias en casos de violencia laboral y de género en el servicio doméstico.



En primera instancia la demanda se rechazó por insuficiencia de pruebas, pero la Cámara aplicó una mirada amplia y flexible. Y es que las tareas de servicio doméstico no se encuentran -por lo general- expuestas a la presencia de testigos directos. En este caso se consideró coherente y válida la declaración de la trabajadora, que fue replicadas -sin fisuras- con la perito psicóloga.



Por un lado, tuvieron por cierta su declaración -validada por una perito psicóloga que descartó posibles fabulaciones. Por otro, la empleadora no aportó ninguna prueba que permitiera concluir algo diferente a lo denunciado.La sentencia abordó las asimetrías de poder en el ámbito laboral doméstico, un trabajo feminizado en el 98% de los casos, que tiene la particularidad de que la mayoría de las veces, una mujer es la empleadora, "patrona" o gerenciadora de la prestación de esos servicios.



Aunque en este caso el acoso laboral fue descartado –y no se apeló en forma puntual- el fallo se refirió al silencio del hostigamiento. "La necesidad de contar con un trabajo lleva a tolerar situaciones humillantes".



La sentencia fue respaldada por el Superior Tribunal de Justicia.



Podes leer más en el Cuaderno de Jurisprudencia N°3 del Área de Jurisprudencia y Biblioteca Central del Poder Judicial.

GOYA EMPLEADA DOMESTICA JUSTICIA VIOLENCIA LABORAL

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web