Se trata de dos productos ilegales de los cuales se desconocen sus condiciones de producción y por lo tanto son potencialmente perjudiciales para la salud.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles la venta en todo el país de una marca de yerba y de una de aceite de oliva.
Así quedó plasmado en las disposiciones 2879/2024 y 2880/2024 publicadas hoy en el Boletín Oficial.
En la primera de ellas se dispuso la prohibición de "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: 'Hierbas para infusión, marca La Montañita, Nombre de fantasía Producto Artesanal, Usillo, Poleo, Burrito, Cedrón, Baila Bien, Luyaba, San Isidro', en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento".
De acuerdo con la Anmat se trata de un producto que carece de registros de establecimiento y de producto, y por lo tanto considerado como "un producto ilegal".
En la otra disposición la Anmat dispuso la prohibición de "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: 'Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Chacras del Olivo, Establ. N° 22628339, Rne 4379-162946-39, Rnpa 4552-3985-41, Origen de La Rioja', en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento".
Para dar cuenta de esta decisión el organismo autárquico dependiente del ministerio de Salud de la Nación advirtió que se trata de un producto que "carece de registros sanitarios de establecimiento y producto" y que está falsamente rotulado al exhibir números de RNE y RNPA inexistentes. De esta manera la Anmat advirtió que se trata de un producto ilegal.
Al tratarse de dos productos ilegales de los cuales se desconocen sus condiciones de producción y por lo tanto son potencialmente perjudiciales para la salud de quienes los consuman.