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Juez de Garantías hizo lugar al Habeas Corpus y permitió ingreso a Paso de los Libres

El Juez de Garantías de Paso de los Libres hizo lugar a un recurso de Habeas Corpus presentado por 3 goyanos a quienes se les impedía el ingreso a la ciudad de Paso de los Libres. La causa se inició el viernes 9 a ultimas horas de la noche y finalizó el sábado 10 cerca de las 15. Las dos audiencias se cumplieron con diferencia de horas.

El 9 de octubre pasado funcionarios municipales impidieron el ingreso de 3 personas provenientes de la ciudad de Goya a Paso de los Libres. Se les informó además que no podían continuar transitando la ruta nacional Nº117.

Los ciudadanos acudieron a un profesional y la causa ingresó bajo la figura del Habeas Corpus. Esta es una acción por la cual la persona que siente menoscabados sus derechos puede solicitar al juez o a un tribunal que resuelva las condiciones de restricción a libertades ambulatorias.

El legajo se inició en la Oficina Judicial (OFIJU) de Paso de los Libres el viernes 9 cerca de la medianoche.

La OFIJU es un órgano de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional. Y gestiona las actividades administrativas del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia.

El día sábado 10 de octubre se desarrollaron allí 2 audiencias, con diferencia de horas entre una y otra. El Municipio defendió su posición presentando el Informe requerido y ofreció como respaldo de su decisión una Resolución fechada en mayo, que daba cuenta de la prohibición de ingreso a Paso de los Libres a quienes no tuvieran domicilio allí.

Sin embargo, existía otra Resolución correspondiente al pasado mes de septiembre que detallaba las localidades desde las cuales no se podía acceder; y Goya no era una de ellas.

El doctor Daniel Insaurralde, Juez de Garantías, resolvió pasadas las 15 horas del sábado 10 hacer lugar a la Acción de Habeas Corpus. Ordenó de modo inmediato el cese del acto lesivo de circular por una ruta nacional y eventualmente permitir el ingreso de las personas mencionadas en la presentación, bajo las condiciones de ingreso fijadas por el protocolo de la ciudad de Paso de los Libres.

El doctor Insaurralde explicó que si bien la acción presentada es una acción sumarísima, que requiere una pronta respuesta por parte del Juzgado; el marco del nuevo Código Procesal Penal también favoreció la resolución inmediata.

“Las dos audiencias tuvieron lugar un día sábado, una cerca de las 9 de la mañana; la otra cerca de las 14 y 30, dando oportunidad al Municipio para que ofrezca pruebas y presente el Informe requerido. Luego resolví ordenar el cese de la restricción a la libertad en juego y el ingreso en las condiciones que las autoridades indiquen como necesarias y protocolares como ser: control de temperatura, aislamiento de 14 días, entre otros, contenidas en las resoluciones Municipales”.

En ese sentido se interpretó que no había motivación razonable y legal para prohibir la circulación por la ruta señalada y el ingreso a la ciudad. “Una cosa sería condicionar el acceso a una localidad bajo ciertas pautas razonables y fundadas; y otra muy distinta negar y/o prohibir el ingreso a toda persona que no tenga domicilio en esta ciudad sin un motivo razonable y serio que lo justifique”.

La decisión del Juez de Garantías fue apelada por el Municipio a la Cámara de Apelaciónes Criminal de la Ciudad de Mercedes.

La audiencia se celebró el 13 de octubre de 2020 a las 11 horas en dependencia de la OFIJU de Paso de los Libres, con conexión vía WEBEX con los Jueces de la Cámara, quienes concluyeron desechar de fondo (es decir rechazar in limine) el planteo de nulidad y declarar abstracto el recurso de apelación interpuesto.

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