Así lo establece el Decreto del gobernador por el que se declaró la emergencia en el servicio de transporte público de pasajeros en la ciudad de Corrientes y zonas de influencia. Da autoridad total a la Dirección de Transporte de la provincia y a la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos del Ministerio de Obras y Servicios Públicos. Incluye la modificación del cuadro tarifario “periodicmente” y no menciona que antes deba realizarse audiencia pública.
Este miércoles 14 de enero de 2024 en el Boletín Oficial de la provincia se publicó el Decreto Nº 52 del 15 de enero donde el gobernador declaró la emergencia en el sistema de transporte público de pasajeros para la ciudad –Departamento capital- de Corrientes y sus zonas de influencia. La medida es por seis meses.
Se establece que las máximas autoridades de aplicación de la media son la subsecretaría de Transporte dependiente de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos del Ministerio de Obras y Servicios Públicos provincial.
Entre varias cuestiones el decreto autoriza a las empresas concesionarias a reducir horarios de prestación de servicios como así también, “readecuar” los servicios.
En el artículo 7 se establece: “FACULTASE a la autoridad de aplicación (los organismos provinciales citados anteriormente) para actualizar periodicamente el cuadro tarifario, estableciendo el valor del kilómetro recorrido, conforme al cuadro tarifario emitido por la autoridad nacional”. No hace mención alguna de que deba realizarse audiencia pública previa a una suba de tarifas. (ver PDF)
La tarifa actual de transporte público de pasajeros en Corrientes es de $590 y desde el 1º de marzo será de $690. En abril próximo seguramente volverá a incrementarse, la idea es unificar el todo el interior del país con un boleto urbano de $1.000.