El Observatorio Judicial de Goya manifiesta su preocupación ante la declaración la funcionaria de la Policía Federal, quien confirmo, en el marco de la audiencia de debate del caso Lesiux, sobre Escuchas telefónicas realizadas a todo tipo de personas y funcionarios políticos. Esto estaría confirmando la realización de tareas ilegales de inteligencia, lo que supone una violación a la Ley 25.520 Ley de Inteligencia Nacional, además saludamos la decisión del TOP de otorgar la prisión domiciliaria al Señor Ernesto Antonio Moray Mussio conforme resolución 180/20.
El Observatorio Judicial de Goya saluda la decisión del Tribunal Oral Penal de Mercedes Provincia de Corrientes de fecha 23 de julio del 2020, en tanto resolvió otorgar la prisión domiciliaria al Señor Ernesto Antonio Moray Mussio conforme resolución 180/20.
En este orden de cosas destacamos que la prisión preventiva constituye la más severas de las medidas cautelares en el marco del proceso penal, por lo que constituye la última opción a tomar luego de descartarse la posibilidad de tomar medidas menos severas. De allí que la morigeración de las prisiones preventivas en el marco de procesos en tramites debiera ser el norte que debiera imperar en el marco de los diversos procesos tramites, máxime en épocas de petes como las que hoy nos toca transitar debido al brote del COVID-19.
Ponemos de relieve el hecho de que la decisión se ha tomado "teniendo en cuenta la paridad de armas y/o igualdad entre las partes" (como expresa el Tribunal en su resolución),alentando a la sustanciación del “Principio De Igualdad Ante la Ley” para con los demás imputados.
Por otro lado llena de preocupación la declaración la funcionaria de la Policía Federal, quien habría puesto en conocimiento, en el marco de la audiencia de debate sobre Escuchas telefónicas realizadas a todo tipo de personas y funcionarios relacionados con la causa conocida como causa “Lesiux” Expte. 7575/16, pues sin más se estaría confirmando la realización de tareas ilegales de inteligencia, lo que supone una violación a laLey 25.520 Ley de Inteligencia Nacional.
En este orden de cosas alentamos a la toma de medidas jurisdiccionales respectivas, puesto a que deviene en inadmisible todo tipo de postura estática ante una Noticia Criminis de alta sensibilidad, recordando que la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) es el organismo encargada del contralor y/o materialización de todo tipo de tareas de inteligencia y justamente las mismas abrían sido llevados a cabo durante una gestión de administrativa que hoy en día se encuentra acusada de “Espionaje Ilegal”.
De allí que los sucesos acaecidos en el marco del Juicio Oral en expediente 7575/20, puede tener relación con diversas actuaciones penales en curso por ante Tribunales de Comodoro PY y que al evento se tomen medidas contestes con la situación de “Toma De Conocimiento De Noticia Criminis En El Marco De Un Proceso”.