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Política

Corrientes: Reglamentan la obligatoriedad de denunciar delitos de funcionarios y agentes municipales

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Crédito: 139804

El Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Corrientes reglamentó la instrumentación de la obligación que tienen funcionarios y agentes comunales de denunciar delitos perseguibles de oficio que conozcan en ejercicio de sus funciones. Toda denuncia deberá ser notificada al Servicio Jurídico Permanente.

 

 

 

Según se explica en la Resolución N° 3869, la obligación de denunciar los delitos perseguibles de oficio que conozcan en ejercicio de sus funciones por parte de los funcionarios o empleados públicos municipales no ha sido reglamentada, pese a estar previsto en la Carta Orgánica Municipal y las leyes provinciales N°2945 y 6518.

 

 

Pero desde la comuna se considera que no todos los obligados por la norma legal tienen preparación y formación jurídica suficiente para determinar la presunta comisión de delitos penales en las cuales el bien jurídico protegido resulta ser la administración pública.

 

 

Se indica que un cumplimiento incorrecto o errado por parte de quienes se hallan comprendidos en el precepto es susceptible de ocasionar perturbación en la administración de justicia por la reiteración de denuncias relativas al mismo acontecimiento por su carencia de fundamento legal o fáctico.

 

 

Asimismo, se puede menoscabar el correcto y eficiente curso del accionar administrativo diario, causando perjuicio al bienestar común y la administración pública.

 

 

Al respecto, se plantea que es conveniente que la noticia de la presunta comisión de un hecho delictual sea centralizada en un órgano con competencia funcional y especialización técnica, a fin de que formule la denuncia.

 

 

Por ello, se resolvió que los funcionarios y agentes municipales integrantes del Departamento Ejecutivo, únicamente podrán realizar denuncias penales por la presumible comisión de delitos, a través de un procedimiento establecido por la comuna.

 

 

Así, los funcionarios y agentes comunales comprendidos en la obligación de denunciar deberán pone en conocimiento del Servicio Jurídico Permanente los hechos y/o pruebas que fundamenten la presunción de la comisión de un delito perseguible de oficio en el ámbito del Municipio de Corrientes.

 

 

Se deberá informar y poner en conocimiento del Servicio Jurídico Permanente la denuncia formulada dentro de las 24 horas, con copia de la denuncia.

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