Los trabajadores formales de todo el país reciben el pago de la segunda cuota del aguinaldo, y las empresas y empleadores deben liquidar este concepto a sus trabajadores y tener en cuenta hasta cuándo se puede pagar, sin entrar en infracción. El Sueldo Anual Complementario (SAC) le corresponde a aquellas personas que trabajan en relación de dependencia y se abona en dos partes, el primero en junio, y el segundo en diciembre, que tiene fecha límite de pago el miércoles 18.
El aguinaldo es un derecho que el trabajador puede empezar a percibir desde que comienza a trabajar y, en el caso de que el empleado no haya completado el semestre, se abona de manera proporcional.
Como establece la ley 27.073, el importe a abonar en concepto de aguinaldo en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
A fin de determinar la segunda cuota del SAC, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincide con el salario efectivamente devengado, se debe recalcular. La diferencia que resulte entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre.
Si durante el semestre la trabajadora no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagarle el proporcional a los meses trabajados.
¿Cómo calcular el aguinaldo?
Para calcular el pago del aguinaldo se aplica la siguiente fórmula: el salario / 12) x los meses trabajados.
Ejemplo: la trabajadora empezó a trabajar hace seis meses. El mejor salario del primer semestre de 2024 equivale a $1.200.000. El medio aguinaldo que se abona en junio corresponde a (1.200.000/12) x 6. El valor del aguinaldo es $600.000.