Nadie en su sano juicio negaría que es necesario contar con una legislación que garantice a los argentinos que el acceso a un cargo público debe tener ciertos requisitos para el ejercicio del mismo. Ríos de tinta han corrido a la par del desarrollo de la discusión en la Cámara baja de la iniciativa del PRO que lleva por nombre Ficha Limpia. Sin embargo, parece poco relevante discurrir sobre los argumentos esgrimidos en los dictámenes que se elaboraron en las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Justicia, donde se emitieron cuatro, y que se corresponden coon distintas fuerzas políticas.
Al dictamen de ficha limpia de la mayoría, lo acompañaban los bloques de La Libertad Avanza, PRO, UCR, Coalición Cívica, Encuentro Federal, entre otros. Los tres por la minoría, los componen el de Unión por la Patria, el del diputado Fernando Carbajal (UCR), y el del Frente de Izquierda.
La discusión se vuelve turbia, y sospechosamente interesada, si ésta no se inicia con los dictámenes en mano, ya que una vez leídos, podemos advertir sobre la intención de quienes los elaboraron. Groso modo se aprecia que las diferencias son notorias respecto de las instancias a recorrer en materia judicial y pero en otros casos, no pocos, hasta se diría, son complementarios.
El dictamen de mayoría propone una incorporación de un inciso en un artículo de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos. A lo que se agregó los delitos contra la administración pública: cohecho y tráfico de influencias; negociaciones incompatibles con la función pública; malversación de caudales públicos; exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito; encubrimiento; fraude en perjuicio de la administración pública y todos los delitos que sean incorporados al Código Penal de la Nación o por leyes especiales, en virtud del cumplimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción.
Y establece que como mínimo para la inhabilitación electoral el principio de doble conforme; es decir, la condena en segunda instancia, y de esta manera, impide que las personas con condenas confirmadas por la Cámara Federal de Casación Penal se presenten a competir en elecciones primarias o generales.
Actualmente, sólo se puede impedir la postulación a un cargo electivo cuando la sentencia está firme; es decir, que no quedan recursos pendientes de resolución en la Justicia.
No obstante, la crítica al proyecto del oficialismo y sus aliados, de parte de aquellos que defienden su dictamen en minoría, se funda en que no es completo y no responde al concepto de ficha limpia, por que limita el universo de delitos.
Este universo, para Unión por la Patria, que desde que arrancó el debate en comisiones se mantuvo firme, señala que deberían incluirse al proyecto que acompañan La Libertad Avanza, PRO, radicales y la Coalición Cívica, los delitos contra la integridad sexual, trata de personas, atentados al orden institucional, delitos de corrupción privada, y además, delitos previstos en el código aduanero: los delitos contra el orden económico y financiero, los delitos previstos en el régimen penal tributario, los delitos previstos en el régimen penal cambiario y los delitos de narcotráfico y aquellas personas que están vinculadas a sociedades offshore.
A lo que se agrega, que la inhabilitación para ejercer un cargo público electivo solo opere desde que exista sentencia firme (Corte Suprema de Justicia) y que no sea oponible en procesos electorales que ya hayan sido convocados por parte del Poder Ejecutivo.
Llama la atención, la reticencia de los diputados que pudiendo incluir un universo de delitos que perfeccionarían su dictamen mayoritario, no lo hayan hecho.