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Revocan la prisión domiciliaria al represor Pagano, que regresará a la cárcel común

 

El juez del Tribunal Oral Federal Nº1 de Rosario, Otmar Paulucci, resolvió este jueves revocar la prisión domiciliaria del represor de la última dictadura, Walter Salvador Pagano, y ordenó que vuelva a la cárcel en la Unidad 34 de Campo de Mayo.

La medida había sido ordenada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación hace dos años, pero su ejecución sufrió una serie de demoras que recién resolvió este jueves el juez Paulucci.

“Pagano de ninguna manera es una persona que no puede valerse por sí mismo para las actividades cotidianas”, sostuvo el magistrado en los fundamentos de su resolución.

“Ello es así -agregó-, atento los innumerables pedidos de autorización para concurrir a turnos médicos y realizar diversos trámites administrativos y bancarios”. Ese argumento, justamente, es el que utilizó la Fiscalía para solicitar que el ex Personal Civil de Inteligencia (PCI) durante la última dictadura regresara a la cárcel a cumplir las cuatro condenas por delitos de lesa humanidad.

De hecho, una víctima del represor se lo cruzó en un colectivo del transporte público y una mujer denunció que tomaba café junto a su esposa en un bar céntrico.

Para el juez, Pagano está en condiciones de desenvolverse en forma autónoma. “En todas esas ocasiones concurrió por sus propios medios y pudo desenvolverse normalmente circulando por las calles y avenidas de esta ciudad”, reseñó Paulucci acerca de las salidas del represor.

Walter Salvador Pagano fue condenado en cuatro juicios orales de los tramos de la causa conocida como Guerrieri, que investigó los delitos de lesa humanidad cometidos en el circuito represivo del Gran Rosario que incluyó cinco centros clandestinos de detención.

El ex espía civil que estuvo bajo el mando operacional del Destacamento de Inteligencia 121, que a la vez dependía del Segundo Cuerpo de Ejército, recibió tres sentencias a prisión perpetua y la cuarta a cinco años de cárcel.

Para el Poder Judicial, está probada su responsabilidad penal en delitos como homicidio, aplicación de tormentos, secuestro y supresión de identidad, por el robo de bebés. Dos de las cuatro sentencias están firmes.

Sin embargo, en 2019 su abogado defensor pidió una morigeración de las condiciones de detención por la pandemia de Covid, y un año después obtuvo el beneficio de la domiciliaria por una afección en la vista. La medida fue apelada en diversas instancias y la Corte Suprema nacional revocó, en 2022, el fallo de la Cámara de Casación Penal que le había otorgado el beneficio, y ordenó que se dictara uno nuevo.

A pesar del tiempo transcurrido, la Justicia recién resolvió ese asunto este jueves, cuando Paulucci resolvió que el represor vuelva a la cárcel común.

En el fallo, el magistrado del TOF1 de Rosario y juez de ejecución de la pena valoró dos cuestiones normativas: por un lado que Pagano tiene más de 70 años y existen leyes que protegen a quienes deben cumplir penas privativas de la libertad y superan esa edad; y por el otro la gravedad de los crímenes por los que fue condenado en cuatro oportunidades.

Convenciones internacionales a las que adhirió Argentina establecen que el Estad se compromete a “adoptar medidas para prevenir, sancionar y erradicar aquellas prácticas… que constituyan malos tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la seguridad e integridad de la persona mayor”, recordó el magistrado.

Y, a la vez, ponderó que “ello debe ser compatibilizado y equilibrado mensurativamente con la gravedad de los hechos que están siendo ventilados en estos autos, y la obligación internacionalmente asumida por el Estado argentino de perseguir, investigar, sancionar adecuadamente a los responsables y hacer cumplir la pena que les fuere eventualmente impuesta”.

En función de ambas obligaciones, Paulucci entendió que Pagano está en condiciones de cumplir las condenas en prisión, atento a que los problemas de visión que aduce su defensa no le impidieron múltiples salidas mientras gozó de la domiciliaria.

Por ese motivo revocó el beneficio y ordenó que sea trasladado a la Unidad 34 de Campo de Mayo, en la provincia de Buenos Aires.

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