El próximo 23 de diciembre caduca la vigencia del impuesto país, por lo que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) precisó que el valor del dólar ahorro/tarjeta surgirá del precio del dólar oficial más el 30% a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los bienes personales.
Este nuevo cálculo fue oficializado a través de la Resolución 5617/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial.
A partir de la próxima semana, el nuevo precio del dólar tarjeta se calculará con base en el valor del dólar minorista vendedor del Banco Nación, y se ubicará en torno a los $1.355,25 por unidad, una merma respecto a los $1.668 actuales. Este ajuste se realizará de forma diaria, dado el esquema de crawling peg del Banco Central, que permite una devaluación controlada de hasta un 2% mensual.
Si bien, la nueva disposición de quitar el Impuesto País fue presentada como una disminución considerable a la hora de utilizar dólar tarjeta, con el agregado del 30% a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los bienes personales, los argentinos continuarán pagando casi las mismas percepciones al comprar dólares.
¿Qué indica el texto oficial?
“Se estima conveniente sustituir la mencionada resolución general por un nuevo texto ordenado, cuyos términos preserven la continuidad y el alcance del régimen de percepción establecido”, dice el texto oficial.
Con esta decisión, las actividades alcanzadas por el 30 por ciento extra en operaciones con divisas serán las siguientes: compra de moneda extranjera (incluidos cheques de viajeros, compra para atesoramiento (dólar ahorro) y compras o cambio de divisas con tarjeta de crédito o débito en el exterior).
«Compras realizadas a través de portales o sitios virtuales y/o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera”.
Otra actividad gravada por la normativa incluye a las operaciones de envío de dinero al exterior y para las operaciones de compra de viajes hechas con agencias de turismo: “Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo mayoristas y/o minoristas del país”, dice la resolución.
Lo mismo para los servicios de transporte de pasajeros por vía terrestre, aérea o marítima, salvo aquellos que tengan como destino a países limítrofes.
Las operaciones que quedan excluidas del plus del 30% son las prestaciones de salud, compra de medicamentos, libros (físicos o digitales) o software con fines educativos. También los proyectos de investigación hechos por investigadores que se desempeñen en la Argentina, entre algunos otros.