La Cámara de Casación Penal ratificó la condena a cinco años de cárcel para un referí de fútbol por transportar 370 kilos de marihuana. El acusado fue detenido en un barrio de la ciudad de Santo Tomé en 2014 tras abandonar el cargamento, y por el hecho fue juzgado en el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Corrientes en noviembre de 2015.
El tribunal lo había juzgado por transportar estupefacientes, pero consideró que aun cuando el utilitario que conducía el imputado era robado, éste carecía de responsabilidad respecto a la sustracción y adulteración del rodado. La defensa del acusado pidió la absolución tras argumentar posibles irregularidades procesales. Ese reclamo fue elevado a la Cámara de Apelaciones de Corrientes, donde se había ratificado la pena, y el abogado defensor resolvió llevar la cuestión a una instancia superior.
El lunes pasado -9 e agosto-, la Cámara Federal de Casación Penal emitió un fallo en el que ratificó la continuidad de la privación de la libertad del imputado al rechazar los planteos que realizó su representante. El profesional del Derecho que asiste al condenado había cuestionado la legalidad del procedimiento en el que se produjo la detención.
Entre sus argumentos cuestionó que la detención fue realizada por un policía que se encontraba de franco, pero que todas las actas fueron realizadas por gendarmes. También pidió la nulidad del proceso al decir que el procedimiento de detención fue realizado sin la intervención de testigos de actuación, circunstancia que imposibilita corroborar la versión policial. Aseguró también que ninguno de los uniformados que participaron de su detención habrían visto su rostro en la situación del escape por lo que puso en duda su inculpación en el hecho.
En este contexto, en su apelación remarcó que no surge que portara consigo algún elemento que lo vincule con la droga o con el vehículo en donde fue hallada la sustancia, y que tampoco había dentro de la EcoSport algún elemento que permitiera presumir que alguna vez estuvo dentro de la misma. Los integrantes de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazaron los planteos al advertir que no existe vulneración o afectación alguna a los derechos del imputado que radique en la no realización del acta en el momento de la aprehensión. Señalaron que el efectivo policial actuó de buena manera debido a que el sospechoso se encontraba en el baño de una propiedad privada, donde fue descubierto por la dueña.
Los particulares están facultados para practicar la detención, debiendo entregar inmediatamente el detenido a la autoridad judicial o policial, remarcaron los jueces en el fallo. Los magistrados rechazaron la validez de los testimonios del procedimiento al afirmar que el documento contiene todas las formalidades exigidas y relata hechos concordantes con los dichos de los testigos durante el juicio oral. Ante esto, los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Mariano Hernán Borinsky resolvieron confirmar la condena de cinco años de prisión. Norte Corrientes
Calificaron el hecho como un caso de transporte de estupefacientes y resistencia a la autoridad. Pero además, confirmaron la absolución del delito de supresión de dominio de automotor y uso de documento público ideológicamente falso y encubrimiento de robo de automotor.Norte Corrientes