El fiscal general subrogante ante la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, Carlos Schaefer, y el titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Marcelo Colombo, presentaron un recurso de casación ante la Cámara Federal de Casación Penal para solicitar el apartamiento del juez Carlos Soto Dávila, en el marco de una causa que investiga el delito de trata de personas con fines de explotación sexual.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal recurrieron a esta instancia luego de que, en febrero de este año, presentaran este pedido ante la Cámara Federal de Corrientes. En esa oportunidad, solicitaron, entre otras cuestiones técnicas, el apartamiento del juez ya que dieron cuenta de la existencia de otra causa iniciada en 2011, cuya hipótesis inicial resultaba idéntica al objeto de investigación del expediente que tramita en la actualidad. Es decir que en esa primera causa ya se había puesto en conocimiento del juez que las personas actualmente procesadas realizaban maniobras en infracción a la ley de trata de personas y, pese a ello, el magistrado no efectuó las medidas de investigación que el caso requería. Sin embargo, la “justificación” del magistrado fue que aquél largo párate de la investigación se debía al “cúmulo de tareas”, situación que no le permitió un tratamiento “con prelación”.
Sin embargo, los jueces ante la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes entendieron que la cuestión no ameritaba el apartamiento del magistrado interviniente, por lo que finalmente los fiscales recurrieron a Casación.
Motivos del recurso de Casación
Los fiscales calificaron de “inadmisible” la justificación por parte del juez instructor en la que indicó que fue debido al “cúmulo de tareas que pesaba sobre el tribunal” que se demoró tres años y medio en tomar medidas en línea con la investigación de un caso de trata de personas que estaba en curso de ejecución. Y, asimismo, manifestaron que el Tribunal incurrió en una “contradicción” al valorar, por un lado, que la “resolución en crisis mantiene su validez por no darse los presupuestos para una solución contraria”, y sin embargo, señalar que “(…) aún cuando el cúmulo de tareas que pesan sobre el instructor y las demás circunstancias procesales pudieron impedirle una mayor organización en el trámite de causas conexas, no es menos cierto que causas como la presente donde la consumación de cualquiera de las etapas o fases del delito de explotación sexual comprometan la libertad y dignidad de las personas, resultan de suma prioridad”.
Además, los fiscales sostuvieron que la resolución de la Cámara “no satisface el pedido” que habían realizado ya que la conducta del juez derivó en un hecho concreto como es el de haber paralizado aquella primera investigación, “con el lógicamente inadmisible argumento de que un caso de la gravedad de éste no pudo priorizarse en relación a otros (…) Esto le permitió a aquellos imputados (hoy procesados) seguir desplegando la misma y grave actividad ilícita de explotación sexual de mujeres, durante aquél período de parálisis judicial”.
Por otra parte, la Cámara había dicho que hasta el momento “no se señalaron ni se agregaron” las medidas de prueba solicitadas por PROTEX “a los fines de merituar en cuánto podrían o no influir sus resultados en desmedro de la actividad del Juzgado”. Con respecto a este tema, los fiscales sostuvieron que se trata de un punto que “genera agravio como parte para poder avanzar en la investigación del caso hasta las últimas consecuencias y en dirección a todos los responsables individualizados o no aún en el expediente.”
Y agregaron: “Es ilusorio pensar que el mismo juez que tuvo aquél comportamiento irregular en el caso, avanzaría en línea propuesta por las medidas de prueba solicitadas por esta parte y que de un modo imparcial evaluaría las posibles responsabilidades que le cabria”.
“La producción de esas medidas, entendemos, podría darnos alguna otra explicación acerca de las razones por las cuales el caso estuvo detenido irregularmente”, añadieron los fiscales en su escrito.
Por último, añadieron que el Tribunal no sólo no percibió la posibilidad de que no avance la investigación hacia todos los posibles responsables, sino que “éstas carecerán de efecto en caso de comprobarse que el magistrado actuante retardó, por algunas otras razones que las inverosímiles explicadas, y quiso cerrar por prescripción de la acción penal la investigación en favor de los ahora procesados por el delito de trata de personas”.
El caso y las acusaciones
La causa se inició en 2015, a raíz de la presentación realizada por el Jefe de Prefectura de la localidad correntina de Ita Ibaté, quien habría tomado conocimiento que en dichos lugares se estarían desarrollando actividades vinculadas a la trata de personas con fines de explotación sexual.
A través de la investigación, se pudo establecer que la red “trabajaría” mayoritariamente con grupos de turistas de origen brasilero y que llevaría el control sobre, aproximadamente, 20 mujeres, provenientes de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones. El valor de los pases rondaría los 200 dólares y las facilitadoras de la actividad cobrarían un porcentaje a las víctimas para llevar a cabo las coordinaciones con los dueños de los respectivos hoteles y cabañas denominadas “Jardín del Paraná” y “Cabañas de Sapito”.
Una de las encargadas sería quien coordinaría con dueños y encargados de los hoteles la cantidad de mujeres solicitadas por los contingentes de turistas. Además, coordinaría los grupos, supervisaría el “servicio ofrecido”, le pagaría a los choferes y a las víctimas y trabajaría por su cuenta ofreciendo un “grupo selecto de mujeres vip”.
Allanamientos
Como resultado de la investigación, en septiembre de 2016, el fiscal federal Flavio Ferrini, con la colaboración de la Protex, solicitó una serie de allanamientos en dos domicilios particulares, en el Hotel Jardín del Paraná, y la cabaña Sapito, donde se rescataron a once mujeres provenientes de Posadas.
Además, fueron detenidos los cuatro acusados: el dueño del hotel denominado “Jardín del Paraná”, el encargado de la cabaña “Sapito” y dos mujeres encargadas del traslado de las víctimas.