Una mujer sufrió una lesión al caerse dentro de un colectivo, que frenó en forma brusca al evitar colisionar a un menor en bicicleta que se atravesó en el camino. Demandó al conductor, a la empresa y a la compañía de seguros pero el STJ rechazó la casación del caso por falta de fundamentación.
F.B.F. sufrió una caída dentro del colectivo de la empresa Matysud. S.A., lo que le provocó una lesión. La misma obedeció a que el vehículo frenó de modo brusco, producto de una maniobra realizada por el chofer, quien intentó evitar colisionar a un menor en bicicleta que se atravesó imprevistamente delante del coche.
La mujer accionó tanto contra el conductor, como contra la empresa de colectivos y la compañía de seguros, más la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó la demanda de daños y perjuicio e impuso las costas de ambas instancias a F.B.F.
La causa llegó al Superior Tribunal de Justicia porque la lesionada interpuso un recurso de casación, para que el Alto Cuerpo revisara la decisión judicial tomada.
El doctor Guillermo Horacio Semhan, votante en primer término de la sentencia Nº 49/16 , consideró que no se cumplía el recaudo técnico de la fundamentación autónoma. Y expresó: “se le reprocha a la sentencia de Cámara “absurdo y errónea aplicación de la ley”, sin embargo la causa carece de todo relato de los antecedentes relevantes y esa deficiencia impide verificar la relación que pudiera existir entre los vicios invocados y los hechos concretos comprobados de la causa”.
Recordó que –en un recurso extraordinario- la obligación de ofrecer un relato adecuado de los antecedentes de la causa era responsabilidad del demandante, y “responde a la necesidad de no quitar a los recursos extraordinarios su carácter de medio de impugnación verdaderamente no ordinario”.
La decisión del doctor Semhan fue acompañada por los Ministros Fernando Augusto Niz, Luis Eduardo Rey Vázquez, y Alejandro Alberto Chaín. En tanto que en disidencia, el doctor Eduardo Panseri se sumó a ellos en el fondo de la cuestión pero disintió en que las costas debían ser repartidas.