Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Recibí las notificaciones

DESBLOQUEAR NOTIFICACIONES

Siga estos pasos para desbloquear

Política

Elecciones en Corrientes: los documentos con los que se puede ir a votar

La Dirección Nacional Electoral detalló cuales son los documentos que se encuentran habilitados para que el votante pueda ingresar al cuarto oscuro y elegir a sus candidatos.

En la provincia de Corrientes se realizará el próximo domingo 11 de junio las elecciones para renovar parcialmente la legislatura provincial y concejales en diversos municipios. Al igual que Santiago del Estero, Corrientes elegirá gobernador y vice en el 2025 ya que producto de diversas intervenciones federales alteraron el calendario electoral con el resto de las provincias.

En este contexto es importante recordar cuales son los documentos que se encuentran habilitados por la Cámara Nacional Electoral para poder sufragar.

Elecciones en Corrientes: con qué documentos se puede ir a votar

Al momento de que el elector habilitado concurra a la urna debe hacerlo con cualquiera de los siguientes documentos:

Libreta de enrolamiento.

Libreta cívica.

DNI libreta verde.

Tarjeta del DNI libreta celeste.

Nuevo DNI tarjeta: es autorizado para votar aunque contenga la leyenda “no válido para votar”.

En este sentido la Cámara señaló que los votantes no podrán asistir a las urnas con el “DNI en su celular”, que se encuentra en la aplicación Mi Argentina, ya que no es válido para votar.

Tampoco se permitirá el voto de los electores cuyo documento corresponda a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral.

Elecciones 2023 en Corrientes: puedo votar si perdí o me robaron el DNI

En el caso de que el votante haya perdido o sufrido el robo de su DNI no podrá emitir su voto ya que el único documento probatorio de identidad es el DNI.

Leé También: Calendario electoral 2023: cuándo se vota para presidente en la Argentina

Lo que corresponde hacer ante esta situación es justificar en una comisaría los motivos por los cuales no asistió a sufragar, ya sea por robo o pérdida.

El trámite se lo puede realizar dentro de los 60 días posteriores a los comicios, superado esta fecha el elector pasará a formar parte del Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, razón por la cual recibirá una multa económica que deberá ser abonada de forma presencial o mediante canales electrónicos ante el Banco de la Nación Argentina.

Dejá tu opinión sobre este tema
ELECCIONES 2023 VOTACION DNI

Noticias destacadas

Más noticias

Te puede interesar

Newsletter

Suscribase a recibir información destacada por correo electrónico

Le enviamos un correo a:
para confirmar su suscripción

Teclas de acceso