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Política CIDH

La Corte Interamericana definirá la excarcelación de Romero Feris al final del proceso

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Crédito: 104920

La Corte Interamericana de Derechos Humanos evitó pronunciarse anticipadamente sobre la situación del ex gobernador de Corrientes Raúl Rolando “Tato” Romero Feris, cuya causa está en estudio para resolución en ese alto tribunal, remitida por la Comisión Interamericana que detectó graves faltas por parte de la Justicia correntina en el proceso que derivó en el encarcelamiento del ex mandatario provincial.


Para no adelantar opinión respecto del caso que está en definición, la Presidencia de la Corte desestimó un pedido formulado por la defensa de Raúl Romero Feris para que se adoptara una medida previsional en relación a la privación de libertad que sufre -ilegítimamente- hace más de dos años.


Vale destacar la prudencia del Organismo Internacional, lo que  constituye una garantía de imparcialidad que reafirma la seriedad del mismo.


Es así que la Resolución explica que "pronunciarse respecto de la excarcelación de Romero Feris sería adelantar opinión sobre el asunto de fondo que próximamente tendrá sentencia". En el caso Romero Feris vs. Argentina, la víctima es el ex gobernador y dos veces intendente de Corrientes, mientras que el imputado es el Estado nacional (por efecto de las arbitrariedades perpetradas por el Poder Judicial de la Provincia).


Esta decisión no representa un fallo en la cuestión de fondo, ni permite suponer el sentido en el que habrá de pronunciarse el Tribunal, que ha recibido -en junio pasado- un meduloso informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), que constató y denunció gruesas infracciones de la Justicia correntina al procesar y condenar a Romero Feris.


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos sostiene que la privación de la libertad del ex gobernador es ilegítima y arbitraria”. Hace dos años -desde julio de 2016- que Tato Romero Feris cumple prisión domiciliaria.


Sus abogados, en la reciente presentación ante la Corte Interamericana fundamentaron la solicitud de excarcelación con un parte médico; porque Romero Feris padece una afección cardíaca de larga data y está preparando una intervención quirúrgica que muy posiblemente se haga fuera de Corrientes. El cuadro es delicado y reclama cuidados. Sin embargo, la Corte hizo notar que no es urgente.


En la resolución, que lleva la firma del presidente Eduardo Ferrer Mac Gregor Poisot, dice que no se desprende, prima facie, que en la actualidad exista una situación de urgencia respecto a la intervención quirúrgica....


Sí hace mención que “"la Convención Americana de los Derechos Humanos establece las obligaciones generales que tienen los Estados Parte de respetar los derechos y libertades en ella reconocidos y de garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción".


Finalmente, en lo que constituye la parte medular del razonamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se advierte que la excarcelación está ligada al asunto de fondo, que será analizado en la sentencia correspondiente, de tal manera que no es oportuno adelantar un criterio jurídico al respecto.


Dicho de otro modo, la demanda contra el Estado argentino, por la vulneración de los derechos del ex gobernador Tato Romero Feris, sigue en curso.

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