Tras el reclamo vecinal por aparición de alimañas y líquidos provenientes de vehículos en desuso, el dueño de un taller mecánico deberá retirar automóviles y chatarra de la vereda. El Juzgado de Paz de Caá Catí exigió al Municipio que colabore con la limpieza y el descacharrizado en los inmuebles. Se recomendó además una evaluación de impacto ambiental en actividades públicas y privadas.
Un grupo de vecinos de la ciudad de Caá Catí reclamó al Concejo Deliberante, al Hospital local, al Juzgado de Faltas y a la Municipalidad que interviniera en el caso de un taller mecánico cuyo dueño exhibía sistemáticamente malas prácticas de evacuación de desechos.
En concreto, vertía aceite, combustible y otros fluidos sobre la vereda. Esos residuos ensuciaban la calle e impedían el tránsito porque tanto motos como autos estaban mal estacionados. En simultáneo, esas malas prácticas –que incluían chatarra abandonada- promovían la aparición de ratas y el vector del dengue, todo lo cual implicaban riesgos para la salud.
Al no obtener respuestas, acudieron al Juzgado de Paz. La doctora Olga Fabro enfatizó en el derecho constitucional de los habitantes a contar con un ambiente sano. En el mismo sentido, recordó que tanto la Constitución Provincial como la Carta Orgánica Municipal abordan a ese derecho. Y en particular, ésta última se refiere a “preservar el ambiente, evitar su contaminación, participar en su defensa y reparar los daños causados…”.
Destacó que la norma comunal pregona específicamente “la buena vecindad” y un “comportamiento solidario en la vida comunitaria”.
Impacto ambiental
La doctora Fabro ahondó en el impacto ambiental asociado a los talleres de reparación de vehículos, los cuales se relacionan principalmente con la generación de residuos sólidos y líquidos y en pequeña escala emisiones y ruidos.
Los residuos sólidos están compuestos principalmente de filtros de aceites usados, trapos, polvo, papeles absorbentes contaminados con aceite o combustibles, lodos de desechos de aceite en los sumideros, lodos de los estanques de limpieza, baterías usadas (ácido y plomo), repuestos usados, neumáticos, desechos metálicos.
En tanto que los líquidos pueden ser desechos de aceites lubricantes, fluidos de transmisión, solventes gastados, soluciones de lavado gastadas, refrigerantes usados.
A ello se suman los efluentes (volcado de las aguas de limpieza del piso a los desagües comunes y de origen sanitario); emisiones a la atmósfera (constituidas por las que pueden emitir los vehículos en reparación al poner el motor en funcionamiento y por los productos aerosoles como los limpiadores de carburador, impermeabilizantes); y ruidos (generados por servicio de desabolladura, funcionamiento de los vehículos y el eventual sonido de compresores).
Medidas dispuestas
La magistrada ordenó al propietario del taller que en un plazo de 60 días remueva los vehículos estacionados en las veredas y retire de la zona urbana los restos de vehículos en desuso y las chatarras. En caso contrario, aplicará sanciones conminatorias.
Al Municipio le exigió el control del cumplimiento de lo dispuesto, colaborando en la limpieza y descacharrizado en los inmuebles y sus alrededores. Y una evaluación sobre la habilitación otorgada al taller mecánico, que de no aprobarla o tenerla, implicará su clausura provisoria del taller mencionado.
Recomendó a la Municipalidad implementar a la brevedad un programa educativo para mantener limpias las calles de la ciudad, caminos vecinales, rutas y espacios verdes; y otros, y requirió que en los proyectos de actividades públicas y privadas que modifiquen directa o indirectamente el ambiente del territorio municipal se realice una evaluación previa del impacto ambiental.