Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Recibí las notificaciones

DESBLOQUEAR NOTIFICACIONES

Siga estos pasos para desbloquear

Política Peligran puestos de trabajo en la Municipalidad

Tassano solicitó a la Justicia la nulidad de la Ordenanza que establece el pase a planta permanente a municipales contratados

Agrandar imagen
Crédito: 97529

El intendente de la Capital correntina, Eduardo Tassano, solicitó a su equipo de asesores jurídico que presenten en la Justicia provincial, un pedido para declarar inconstitucional la Ordenanza que establece el pase a planta permanente a todo aquel empleado municipal contratado que tenga tres años de antigüedad.

 

Está situación, en principio, genera inestabilidad en los trabajadores de la Municipalidad.

Recordemos que la Ordenanza se aprobó en septiembre de 2017 y fue impulsada por la gestión anterior, de Fabián Ríos, en la comuna capitalina.

 

 


NOTA RELACIONADA



Afectarían a 2.000 empleados municipales al pedir que la Justicia anule una norma en Corrientes

 

 

El gobierno municipal de Corrientes plantearía en los próximos días que la Justicia provincial declare la inconstitucionalidad de la Ordenanza que establece el pase a planta permanente para todos aquellos trabajadores contratados que cumplan con 3 años de antigüedad, en el marco del plan actual de ajuste que despide a empleados del Municipio.

 

Fuentes municipales aseguraron a Corrienteshoy.com que el que formalizaría el pedido ante la Justicia correntina sería el coordinador de Gabinete, Hugo Cuqui Calvano, el funcionario que, a cinco meses de gestión, aparece como el más cuestionado en el gabinete del intendente Eduardo Tassano.

 

En caso de que la Justicia provincial conceda el pedido y se declare la inconstitucionalidad, el fallo afectará a más de 2.000 trabajadores de la Comuna que lograron el derecho de pasar a planta permanente, por primera vez, con la Ordenanza 6577 que fue sancionada por el Concejo Deliberante y promulgada por entonces intendente Fabián Ríos en septiembre de 2017.


Todavía no está muy claro cuál sería el argumento definitivo de Calvano para promover la inconstitucionalidad de la norma 6577, pero se pudo saber que el mismo plantearía que esos trabajadores, antes de lograr una planta permanente, necesitarían aprobar exámenes que la Municipalidad debe tomarles.

 

Rendir cuentas sobre habilidades y/o capacidades ante funcionarios sería, para el empleado municipal, quedar en manos de las decisiones políticas de la gestión de turno, lo que, sin dudas, condiciona el resultado del examen por más que se lo presente con profesionalismo.

 

Otra cuestión es que el derecho de los trabajadores a tener estabilidad con planta permanente, lo que implica aportes de obra social y jubilación, no puede quedar supeditado al resultado de un examen que tomen los funcionarios de Tassano. La misma legislación laboral argentina ya les concede el derecho de estabilidad.  

 

Sin dudas, si Calvano avanza con la idea de pedir esta inconstitucionalidad, esa decisión estará enmarcada en el plan de ajuste que Eduardo Tassano lleva adelante en varias áreas de la Comuna. Es el caso de la planta de trabajadores donde ya efectuó despidos de empleados contratados, del plan Neike y de planta permanente.

 

En la decisión de todo lo que pase con los trabajadores, también participa el radical Alexis Piris, designado por Tassano como subsecretario de Relaciones Laborales de la Municipalidad.

 

Los despidos y demás decisiones que afectan a los trabajadores se toman en un contexto en el que, tanto Tassano como Calvano, son permanentemente cuestionados por haber nombrado a familiares en distintos puestos de la Comuna, algo que ambos nunca informaron oficialmente. Si es que quieren señalar que los que pasaron a planta permanente con la gestión de Ríos no cumplían determinados requisitos o capacidades, podrían haber informado las cualidades de los familiares que asumieron después del 10 de diciembre con la actual gestión.

 

La Ordenanza 6577/17

 

El artículo 1 de la ordenanza 6577, dice: “Establecer que el Personal Municipal de Planta No Permanente que reúna una antigüedad de 3 (tres) años de servicio efectivo adquirirá en forma automática el carácter de Planta Permanente de acuerdo a la clasificación establecida en el artículo 30 de la Ordenanza Nº 3641”. El artículo 2 sostiene: “La designación en Planta Permanente solo podrá beneficiar a los agentes que revistan como personal contratado y que en esa condición permanecieron durante el plazo aludido en el Art.1 excluyendo al personal comprendido en el Art. 4º de la Ordenanza Nº 3641”. El artículo 3 dice: “Instruir a la secretaría de Recursos Humanos y Relaciones Laborales a implementar la presente Resolución en base al padrón actualizado del Personal de Planta no Permanente y tomando la antigüedad de los agentes comprendidos al 31de diciembre de 2014”.

Dejá tu opinión sobre este tema

Noticias destacadas

Más noticias

Te puede interesar

Newsletter

Suscribase a recibir información destacada por correo electrónico

Le enviamos un correo a:
para confirmar su suscripción

Teclas de acceso