El máximo tribunal busca resguardar las garantías de seguridad jurídica y debido proceso.
Los amparos interpuestos contra sentencias definitivas del fuero contencioso administrativo serán competencia del Superior Tribunal de Justicia en pleno. Así lo resolvió el alto cuerpo, por mayoría, mediante el acuerdo plenario 1513/15.
De esta manera fue declarada la competencia del STJ en pleno (secretarías técnicas 1 y 2) para entender en los recursos extraordinarios de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la ley o doctrina legal, presentados contra sentencias definitivas recaídas en causas de amparos cuya materia sea contencioso administrativa.
La situación
De esta forma el STJ busca resguardar los principios de seguridad jurídica y debido proceso, definiendo la forma en que se actuará de ahora en más en casos similares.
El problema se planteaba por un virtual empate entre los criterios de los ministros Alberto Mario Modi y Rolando Toledo (quienes opinan que la causa debe ser analizada por el alto cuerpo en pleno) con los de las ministras María Luisa Lucas e Isabel Grillo (que plantean que la apelación debe ser ante el fuero en que se inició el amparo).
Por tal motivo se convocó al plenario del cuerpo, integrado también por procurador general Jorge Canteros (tal lo previsto en el artículo 18 bis de la ley 3), para proceder al análisis del planteo.
Como resultado del mismo, por 3 votos (Modi, Toledo, Canteros) a 2 (Lucas, Grillo), predominó la postura de ratificar el criterio de integración en pleno.