Se sumaría a los organismos que sí tienen permitido hacerlo según establece la Ley 6655.
Mediante el proyecto 2984/15 el Poder Ejecutivo propicia la modificación del Artículo 10 de la Ley Nº 6655, el cual determinó el límite de personal de gabinete que los organismos detallados en la misma podrán designar.
La enmienda consiste incluir en el inciso e) del Artículo 10 de la Ley Nº 6.655 a la Administración Tributaria Provincial, ya que al momento de la sanción de la Ley se omitió la inclusión del ente recaudador provincial, organismo que, según fundamenta el proyecto “requiere asesoramiento técnico permanente, por lo que el presente proyecto tiende a subsanar dicha omisión”.