Aquellos inquilinos y propietarios, cuyo contrato tiene actualización en este mes de mayo, la renovación es del 95,96 por ciento. Esto significa que quienes iniciaron con un valor de 30 mil pesos, ahora deberán abonar 58.788 pesos, prácticamente un sueldo destinado a la renta de un inmueble.
Este mes representa una importante escalada que llega a casi 96 por ciento y muy significativa si se compara con el índice de hace un año que fue de 53,90 por ciento, es de decir, subió casi el doble de 2022 a 2023.
En tanto que en lo que va del año, tuvo un incremento de 14,54 puntos considerando que el porcentaje de enero fue de 81,39.
Este es el porcentaje que surge de la Ley N° 27.551, denominada de alquileres y que se encuentra en vigencia desde junio de 2020.
La norma indica que los ajustes deben realizarse «utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte)».
Es decir, que los aumentos deberían quedar en un punto medio entre lo que hayan avanzado en el último año la inflación general y los salarios de los trabajadores registrados en relación de dependencia.
El Banco Central de la República Argentina (Bcra) es la entidad encargada de elaborar y publicar ese índice, denominado Índice para Contratos de Locación (ICL).
El valor actual del ICL y todos los anteriores, día por día, se pueden consultar en la web de la entidad bancaria: www.bcra.gob.ar.
Actualmente en el Congreso se debate modificaciones a la Ley, en tanto que en una entrevista de hace un mes, en diálogo con EL LIBERTADOR, el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Corrientes, Marcelo López Ortiz insistió en que la normativa fue perjudicial tanto para propietarios como para inquilinos.
En esta oportunidad, señaló que antes de la ley, se estaba manejando entre 30 y 35 por ciento la actualización, hoy el contexto cambió y hay variantes de precios que consideran la inflación.
Con esto aseguró que el nuevo criterio debería ser en base entre partes y los plazos no podrían esperarse a 12 meses para instrumentar el valor.
Fuente: El Libertador