Por medio de la resolución N° 36 del 30 de agosto de 2023, el Consejo de la Magistratura formuló acusación por mal desempeño en sus funciones contra la Dra. Olga Anahí Tabacchi, Fiscal de la Unidad de Recepción y Análisis de Casos (UFRAC) de la ciudad de Santo Tomé.
La decisión del Consejo de la Magistratura se basó en las pruebas recolectadas en dos sumarios administrativos que se instruyeron ante el Superior Tribunal de Justicia.
Por un lado, el Consejo formuló acusación contra la Sra. Fiscal por haber ocupado de forma irregular una vivienda de INVICO en Santo Tomé y haber obtenido un enriquecimiento indebido al haberle alquilado a una mujer, simulando la condición de propietaria. Además, se tuvo por probado que tuvo un conflicto con su inquilina, cuando el INVICO constató que esa casa no podía estar en alquiler. En este sentido, se la acusó de haber presionado a su inquilina a que le entregue un terreno para dar por terminado el conflicto, valiéndose de una empleada de UFRAC como intermediaria.
Asimismo se la acusó de haber intentado realizar una audiencia de mediación con su inquilina, para lo cual falsificó un Formulario de Derivación a Mediación en el que la Dra. Tabacchi firmó como Fiscal y denunciante al mismo tiempo, y por haber generado una denuncia falsa para simular que se trataba de un Formulario legítimo. Por último, se la acusó de haberse aprovechado de su condición de Fiscal de UFRAC para adulterar distintas actuaciones judiciales en el sistema informático con el solo fin de encubrir sus actos anteriores.
Por otra parte, en la misma resolución, el Consejo resolvió formular acusación por un hecho independiente, vinculado al extravió de U$D 600 (seiscientos dólares estadounidenses) que habían sido secuestrados en la escena de un accidente de tránsito, y que se encontraban bajo su custodia directa, sin que la Sra. Fiscal haya tomado medidas elementales de cuidado.
Al formularse acusación, la Dra. Olga Anahí Tabacchi se encuentra suspendida en sus funciones. El Consejo remitirá las actuaciones al Jurado de Enjuiciamiento para la realización del juicio político previsto por el artículo 197 de la Constitución Provincial.