Este caso de pornografía infantil fue denunciado por una agrupación estadounidense. El usuario vive aquí. La Justicia Federal del Chaco investiga.
La denuncia fue promovida por la agrupación estadounidense National Center For Missing & Exploited Children ante el Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Buenos Aires y ahora pasó a la justicia chaqueña, publica www.infonews.com.
La Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) dispuso que la Justicia Federal de Chaco investigue la publicación en Internet de una fotografía de una niña exhibiendo sus partes genitales de modo explícito.
Fuentes judiciales informaron que la CFCP tomó esa decisión porque, aunque el delito fue detectado en la Ciudad de Buenos Aires, el usuario de Facebook que publicó la imagen viviría en Chaco y se trata de un caso que habilita la intervención del fuero de excepción.
La cuestión de competencia se generó tras la denuncia promovida por la agrupación estadounidense National Center For Missing & Exploited Children ante el Ministerio Público Fiscal de la ciudad.
El usuario identificado
Tras ubicar el domicilio de instalación del usuario -cuyas iniciales son A.D.F.- en la ciudad de Resistencia, la causa fue remitida a la Justicia Federal de Chaco.
Se estableció la IP desde la cual se efectuó el envío del material prohibido, logrando identificar a su usuario.
La Cámara Federal de la provincia se declaró incompetente y pasó el caso a la justicia ordinaria, que también rechazó tramitar la causa, lo que provocó la intervención de la CFCP.
El hecho que originó la causa se registró el mediodía del 6 de diciembre de 2013, cuando se detectó que el usuario de Facebook con la dirección de correo electrónico asociada, ile_peki@hotmail.com, produjo, ofreció, financió, comercializó, facilitó, divulgó y/o publicó la vista fotográfica identificada como File1.jpg.
Según constancias de la causa, la vista contiene una imagen de una niña menor de 18 años de edad exhibiendo sus partes genitales de modo explícito, con una clara connotación de carácter sexual.
La Sala IV de la CFCP evaluó que se estableció la IP desde la cual se efectuó el envío del material prohibido, logrando identificar a su usuario, con domicilio en la capital chaqueña.
El tribunal se pronunció por la competencia de la justicia federal también porque no descartó la configuración del delito de trata de personas teniendo en cuenta la posibilidad de que se esté en presencia de una menor de edad, en estado de vulnerabilidad que podría estar siendo sexualmente explotada.
Por esos y otros fundamentos, los magistrados Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani concluyeron que la declinatoria de competencia efectuada por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia resulta al menos prematura, y la resolución recurrida debe ser revocada.