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Política SI.T.E.M.CO encendió la alarma

Empeoran las condiciones laborales en la Municipalidad de Corrientes

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Crédito: 114761

El Sindicato de Trabajadores del Estado Municipal de Corrientes puso en alerta a miles de operarios que componen la planta de personal temporario del municipio, señalando que el Intendente Eduardo Tassano avanza con la quita de derechos laborales en la comuna a través del dictado de una Resolución Administrativa contraria a los tipos de contratación establecidos para la administración pública.

 


Con la denominación de “Contratos Basura” como se los conoce en la jerga popular, graficaron que el Departamento Ejecutivo viola toda la normativa vigente y el espíritu de las conquistas laborales apuntando que la Resolución N° 007/2019 expondría a los trabajadores a condiciones de trabajo abusivas por parte de los empleadores.

 


La solicitada gremial del 30 de enero lleva la firma de Eduardo Héctor Quiróz, Mario Lucio Benítez y Víctor Vera, y apunta  contra el Art. 3 de la Resolución N°007/2019 que dice en su Artículo 3° “Disponer que el contrato de la prestación de servicios a ser celebrado deberá contemplar, además de las cláusulas de forma y estilo, la posibilidad, a favor del Departamento Ejecutivo Municipal, de: a) rescindir unilateral y anticipadamente, sin expresión de causas y sin derecho a indemnizaciones ni pago alguno; b) trasladar al personal contratado a áreas distintas de las encomendadas originariamente o modificar las funciones o tareas cuando por razones de servicio ello resulte necesario”.

 


Así, una vez más, desde el Ejecutivo municipal se ataca a la base de contratados con  intrépida injusticia. Cabe recordar que al poco tiempo de asumir Tassano, hubo miles de cesantías, incluso la de 300 trabajadores de planta permanente.

 

 

 


Comunicado de SI.T.E.M.CO

Con el dictado de esta Resolución Municipal, una vez más se pone en el tapete la actitud dictatorial, insensible, atentatoria contra los derechos laborales de los trabajadores municipales, derechos estos que en el transcurso del tiempo se han logrado establecer mediante ingentes luchas sindicales, impuestos y ordenados luego a través de distintas resoluciones del ejecutivo y ordenanzas que reglan la vida laboral, fundamentalmente el ESTATUTO ÚNICO PARA EL PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES (Ordenanza Nº 3641).

 

Estatuto por el cual se rige el vínculo laboral – que es lisa y llanamente el CONTRATO DE TRABAJO PARA LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES-; y que en estos casos como los contratos se definen como personal de PLANTA NO PERMANENTE. El personal contratado mediante la Resolución que hoy se expone, y que en su artículo 3º violenta a esa Ordenanza, entre otras ordenanzas que regulan la carrera laboral, sumado a las distintas decisiones acordadas en paritarias en el ámbito municipal.

 


El artículo 3ero. De la Resolución Nº007 del 02.01.2019, apuntada precedentemente, precariza aún más a los trabajadores municipales de la PLANTA NO  PERMANENTE, socava minando la carrera laboral y el posible paso a PLANTA PERMANENTE de aquellos quienes; en el tiempo; merced a derechos que se les otorga por la Ordenanza Nº6.577 al pase a PLANTA PERMANENTE sin mediar ninguna otra requisitoria que las establecidas en dicha normativa, aún vigente.

 

Esta repudiable resolución del ejecutivo municipal, se contrapone al Estatuto del personal municipal, ordenanza Nº3641, cambiando el criterio de la misma en cuanto a la estabilidad laboral y condiciones de trabajo. De la misma manera no determina quién es la autoridad competente para la toma de las decisiones que establece en su artículo tercero, además violenta los principios liminares del “IURIS VARIANDI” con el solo criterio de la aplicación de la “necesidad del servicio” en el caso de traslados (sin un manual de misiones y funciones aprobado en legal y debida forma) cambiando las condiciones laborales, precariza y modifica el contrato de trabajo, sin derecho a indemnizaciones ni pago alguno. Decisiones violatorias seriales tomadas desde los sillones de las administraciones políticas, que castiga incluso a los propios nuevos trabajadores que se han incorporado, en abierta violación a las normativas y la Carta Orgánica vigente.

 


Si bien es cierto el derecho del empleador de organizar y dirigir el trabajo de sus trabajadores. El límite a la aplicación del “IUS VARIANDI” es un triple filtro enmarcado por: a) razonabilidad (que no sea arbitraria); b) funcionalidad (que obedezca a un motivo atendible); y c) indemnidad del trabajador (que no le provoque menoscabo patrimonial o moral, o que le ocasione un perjuicio material que le sea adecuadamente compensado). Todo lo que; también; se pretende obviar descaradamente con la aplicación de las decisiones adoptadas por la Resolución Nº 007/2019. Lo más grave: corta de cuajo con la posibilidad del pase a PLANTA PERMANENTE de los trabajadores que posean una antigüedad contractual continua mayor a tres (3) años, tal lo normado por la Ordenanza Nº6.577.

 


Hay un parangón entre estas actitudes de pretender el “disciplinamiento” laboral, el “amedrentamiento” para así evitar el reclamo justos de los derechos de los trabajadores, y casi una continuidad con las adoptadas por la última dictadura cívico-militar-religiosa, esa que implicó, entre otras cuestiones, una profunda revancha clasista que tuvo como pilares centrales el terrorismo de Estado y la política económica implementada por Martínez de Hoz. Sus efectos sobre la sociedad y la economía argentinas, que habrían de dejar huellas perdurables, conllevaron un feroz “disciplinamiento” de la clase trabajadora en particular. Dicho disciplinamiento, se sintió con inusitado rigor constituyéndose en el eje ordenador, articulador y dinamizador de las relaciones económicas, políticas y sociales en la Argentina y, de ese modo además, quebrar las bases sociales de sustentación de los trabajadores asalariados organizados.

 


Evolución administrativa y carrera laboral no, sí…propugnan un retraso programado comparable con la etapa política más negra de la Argentina esa que demostró como ciertos integrantes de la clase política no entiende ni percibe su rol, y que debe predicar con el ejemplo; que las relaciones laborales del siglo XVIII ya no son posibles; que el Estado no puede ser el abanderado del trabajo en negro y la precarización la moneda corriente.

 

 

 

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