Recientemente se crearon por Decreto 1333 y Resolución INVICO N° 617 nuevos cargos jerárquicos en el INVICO, nombrando personas para ocupar las Gerencias vacantes, que no reúnen los requisitos exigidos por la Ley 4067 y el Manual de Misiones y Funciones del Organismo, ya que el mismo decreto los nombra como Consejeros Principales, razón por la cual no pueden ser Gerentes de Área a la misma vez .
Comunicado:
Esto es un contrasentido. O se es Consejero o se es Gerente de Área, no pueden ocupar dos cargos a la misma vez. Esto está muy claro en el Decreto 101 del 2001, donde se establece la grilla de autoridades superiores, y están detallados los cargos. Queda claro entonces que el decreto 1333 es ilegal y de la manera que se ha dictado y escrito impone una usurpación de cargos, violando la Ley 4067 y el Manual de Misiones y Funciones interno del INVICO. Esta usurpación se concreta en los cargos de Gerente General, Gerencia de promoción y Desarrollo Socio-Habitacional y Gerencia de Administración y Finanzas. Ya que las personas aquí nombradas son Consejeras principales, y por lo tanto no pueden ser Gerentes de Área a la misma vez.
Así también aparece una enmarañada Resolución interna del INVICO N° 617 del 01 de junio del 2018, que arranca solicitando informes al departamento de Recurso Humanos de la situación de revista de un grupo de ocho (8) personas, entre los cuales hay cinco (5) trabajadores de carrera y de planta permanente, dos asesores y una persona que realiza consultorías para el INVICO, y apareció como consejero del Ministerio de Obras Publicas. Luego se les asignan funciones transitorias aplicándoles equivocadamente el artículo 65 de la ley 4067. Y para rematar, como por arte de magia del sombrero del mago JULIO VEGLIA, donde había ocho (8) cargos jerárquicos, aparecen doce (12) cargos. Dos de ellos no eran personal de planta del INVICO, y se les asignan dos cargos jerárquicos al mismo tiempo, Consejero Principal y Funciones de Gerente de Área: flagrante violación a las leyes laborales y al manual de Misiones y Funciones del organismo.
Además de violar la Ley 4067 y el manual de Misiones y Funciones, este festival de cargos jerárquicos se realiza de manera innecesaria e irresponsable. Justo en momentos en que se anuncian severas medidas de ajuste y restricción de gastos, y por lo cual hay 2000 viviendas que hace dos años no arrancan porque la nación no manda los fondos. Queda claro entonces que no se trata de necesidades funcionales para hacer más viviendas, sino de acomodar a los amigos políticos en cargos jerárquicos, violando las leyes vigentes y atropellando la carrera administrativa de los empleados de carrera.
Por todo esto los trabajadores del INVICO realizaremos las acciones legales correspondientes a fin de defender la carrera administrativa, declarando el estado de alerta, asamblea y movilización permanente, contra estos atropellos y usurpaciones de cargos, y contra los recortes de fondos nacionales, en defensa de la vivienda social para todos.