Mediante la intervención del Servicio Jurídico Permanente de la Comuna capitalina, se obtuvo fallo favorable para que Axel "Yiyo" Arizaga pueda habitar nuevamente la vivienda, tras una disputa con su hermana. En el 2014, el intendente Fabián Ríos le había adjudicado la casa adaptada para una persona con discapacidad, en el barrio Doctor Montaña.
A través de la intervención del Servicio Jurídico Permanente de la Municipalidad de Corrientes, se consiguió que la Justicia ordene la devolución de la casa adaptada a Axel "Yiyo" Arizaga. El inmueble había sido habitado por su hermana, sin previo aviso.
“Nosotros asesoramos y acercamos todos los recaudos para que salga inmediatamente la resolución favorable, en una denuncia que realizó “Yiyo””, explicó el titular del Servicio Jurídico Permanente, Justo Pío Sierra.
El fallo favorable, otorgado por el Juzgado de la Familia Nº 2, a cargo de la doctora Nora Alicia Infante, establece "la exclusión de la vivienda de las señoras Hermelinda Casandra Arizaga y Casandra Encina”. Asimismo dispone “la restricción de acceso y acercamiento en 200 metros al domicilio ubicado por avenida Aguirre y calle 19, del barrio Doctor Montaña".
Además indica que ante cualquier transgresión de la medida por parte de las demandadas “Yiyo” Arizaga debe dar conocimiento a la autoridad policial más cercana.
Arizaga había encontrado a su hermana instalada en su vivienda el pasado sábado y sin su permiso. Es por ello que decidió acercarse hasta la Comisaría 14, donde no quisieron tomarle la denuncia y por este motivo recurrió a la fiscalía.
El intendente Fabián Ríos le entregó en 2014 la vivienda adaptada para mejorar su calidad de vida. La casa de madera asentada sobre hormigón armado, cuenta con dos dormitorios, cocina-comedor y un baño totalmente adaptado a las necesidades de una persona con discapacidad.
“Yiyo” Arizaga posee una severa discapacidad motriz que le impide caminar, por lo que se desplaza en silla de ruedas. Ante ello, la Municipalidad también le construyó unos 50 metros de vereda con rampa de acceso a su vivienda y a la calle, para que a su vez pueda trasladarse por sus propios medios.