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Declararon la responsabilidad penal de los extranjeros por sustracciones en supermercados chinos

El Tribunal de Juicio de Mercedes, en su integración plena con los doctores Jorge Alberto Troncoso, como presidente, Juan Manuel Ignacio Muschietti y Ramón Alberto Ríos; declaró la responsabilidad penal por Hurto Simple Tres Hechos en Concurso Real para los 5 acusados. El lunes 24 de junio se realizará el juicio de cesura, en que el Tribunal de Juicio mensurará la pena a aplicar.

La sesión de la audiencia, realizada este miércoles 19 en la Sala de Juicios de la Oficina Judicial de Mercedes, comenzó con la incorporación directa de la prueba admitida para ese fin y luego continuó con el alegato y conclusiones de la representante del Ministerio Público Fiscal, doctora María José Barrero Sahagún, a cargo de las Unidades Fiscales de Curuzú Cuatiá, quien propugnó la declaración de responsabilidad de los 5 acusados por los hechos y calificación por los que fueran traídos a juicio “HURTO SIMPLE (DOS HECHOS) EN CONCURSO REAL CON ROBO AGRAVADO EN POBLADO Y EN BANDA todos EN CONCURSO REAL CON ASOCIACIÓN ILÍCITA”, (artículos 162, 167 inc. 2, 210 del Código Penal) en calidad de coautores y miembros-; valorando principalmente las cámaras de seguridad de los locales comerciales, con las que pudieron ser identificados; las comunicaciones de whatsapp entre los mismos, previos al hecho; la investigación técnica efectuada tanto por la UFIE-UDT del MPF de Corrientes, como por el Departamento de Cibercrimen de la Policía Federal. Al finalizar su alocución, solicitó el rechazo de la nulidad que fuera interpuesta por una de las defensas.

Luego de ello fue el momento de la alegación y conclusiones de las defensas, comenzando por el doctor Enrique Tsotson, y continuando con la oportunidad del doctor Guillermo Miller y finalmente la Defensora Oficial doctora Julieta Lacroze; quienes rechazaron la acusación de Asociación Ilícita por insuficiencia probatoria y la del último de los hechos traídos a juicio ocurrido en Curuzú Cuatiá.

Los hechos

Los hechos acusados; ocurrieron el 2 de febrero de 2.023 cuando los implicados, cuatro personas de nacionalidad peruana y una de nacionalidad paraguaya que residen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se dirigieron primero a la ciudad de Mercedes, para sustraer dinero de un supermercado; luego a Curuzú Cuatiá, donde habrían procedido a la sustracción de dinero y otros elementos de dos supermercados más; todos pertenecientes a personas de origen chino. De allí, se dirigieron a Mocoretá, donde alquilaron habitaciones para pernoctar, siendo descubiertos por el accionar de la policía y la fiscal; y finalmente detenidos.

Insuficiencia probatoria para la asociación ilícita

Finalmente, el Tribunal después de escuchar las posiciones de las partes resolvió la nulidad parcial de la acusación del tercer hecho ocurrido en Curuzú Cuatiá, por entender que no se compadecía con la calificación propugnada por el Ministerio Público Fiscal; asimismo se inclinó por la absolución del delito de asociación ilícita por insuficiencia probatoria; declarando la responsabilidad penal de los cinco implicados por los delitos de HURTO SIMPLE, calificación que abarcó a los tres hechos por separado, en concurso real.

El lunes 24 por la mañana se realizará el juicio de cesura, en que el Tribunal de Juicio mensurará la pena a aplicar.

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