El hecho ocurrió en el 2018 en Curuzú Cuatiá. Un hombre colgó de una soga a su hijo de cuatro años con intención de matarlo para hacerle daño a su ex pareja que no quería regresar con él (Homicidio transversal). En el 2020 el Superior Tribunal recalificó el hecho y aumentó la pena impuesta por el Tribunal Oral de Mercedes de 5 a 14 años. En el 2021 por Casación Horizontal se confirmó el fallo del STJ y ahora la Corte Suprema de Justicia lo dejó firme.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación por unanimidad, en fecha 17/08/2023 con la firma de los doctores Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo del apelante, dejando firme la sentencia N°113/20 del Superior Tribunal de Justicia que ejerciendo jurisdicción positiva recalificó un hecho y condenó a un hombre que intentó matar a su hijo para provocarle un daño a su ex pareja a 14 años de prisión.
El Tribunal Oral de Mercedes – Hoy Tribunal de Juicio – lo había condenado a 5 años de cárcel por los delitos de lesiones leves calificadas por el vínculo y lo absolvió por Tentativa de Homicidio.
El Superior Tribunal de Corrientes, con primer voto del doctor Alejandro Chaín en noviembre de 2020 consideró en su fallo que el hombre al descolgar al niño de la cuerda, no lo hizo con intención de salvarlo sino porque supuso que estaba muerto y su plan se concretó con éxito, por lo tanto fue condenado a 14 años de prisión por los delitos de “Tentativa de homicidio doblemente calificado por el vínculo y la finalidad del autor material con el delito de coacción agravada”.
Al voto del doctor Chaín acompañaron los doctores, Eduardo Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz.
Casación Horizontal
Contra esa sentencia, la defensa oficial, ejercida por el doctor Nicolás Baez, presentó un recurso de casación que fue resuelto por miembro subrogantes del STJ, doctores María Eugenia Sierra de Desimoni, como presidenta, y Gustavo Sebastián Sánchez Mariño, María Herminia Puig, Diego Roberto Núñez Huel y Cynthia Teresita Godoy Prats de Correa D Alessandro.
Mediante sentencia N.º 296/21, ratificó en audiencia oral el fallo N°113/20 de la Corte Provincial.
Se trató de una casación horizontal, que se produce cuando ante el dictado de una sentencia condenatoria en sede casatoria o de revisión, la garantía de la doble instancia que asiste al imputado debe ser salvaguardada directamente y sin mayores dilaciones en ese ámbito mediante la interposición de un nuevo recurso de casación. Esa presentación deberá ser resuelta por otros magistrados del mismo grado (por eso horizontal) que integren ese Tribunal (en este caso subrogantes).
Recurso ante la Corte
Ante la confirmación de la sentencia la defensa presentó un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que lo desestimó por “inadmisible” y dejó firme este jueves la condena a 14 años de prisión.
El hecho
El expediente trata el hecho ocurrido el 2 de abril de 2018 en una zona rural de Curuzú Cuatía.
Ese lunes, la ex esposa del condenado llevó al hijo en común de 4 años a la casa donde se encontraba él con el fin de que pasaran un rato juntos. Allí, mientras compartían la tarde, el hombre le escribió a la mujer pidiéndole volver a vivir juntos de vuelta. Más tarde a través de un mensaje de texto amenazó con matar a su hijo si ella no accedía al pedido.
La mujer no tardó en presentar la denuncia en la Comisaría del Menor y la Mujer. Con un móvil fueron al lugar, y a unos 300 metros antes de llegar a la casa la Policía observó una moto donde iba el niño como acompañante en estado de inconsciencia. Semanas después, durante una declaración testimonial, el tío del menor, hermano del imputado, explicaría que fue él quien encontró al chico solo en una cama, y que decidió llevarlo hasta el hospital.