El hecho ocurrió en octubre de 2020. Fue un juicio abreviado. El acusado no contaba con antecedentes.
El Tribunal de juicio de la ciudad de Paso de los Libres condenó a un joven a nueve años de prisión por drogar y violar a una menor de 13 años.
Jonathan Gómez (20) fue hallado culpable del delito de “abuso sexual con acceso carnal y coacciones”.
De acuerdo a la lectura de la acusación, el hecho ocurrió en octubre del 2020, en horas de la noche.
Jonathan Gómez invitó a la preadolescente (13 años) a salir de su casa para ir hasta plaza San Martín a tomar tereré.
Llegados al lugar mencionado, Gómez empezó a insistir a la menor para mantener relaciones sexuales, a sabiendas de la edad de ella, a lo que la menor respondió que no y el sujeto agregó: “Dale, si va a quedar entre nosotros”, pero la víctima se volvió a negar.
Luego, Gómez la invitó a dar un paseo y así llegaron hasta la plaza Independencia, ubicándose frente a la Escuela Nº 93, por calle Sarmiento, en un banco de la plaza, y estando en ese lugar, la invitó a tomar tereré, que ella aceptó.
El imputado aprovechó para colocarle un medicamento psicotrópico llamado “benzodiasepina” (produce efecto sedativo, hipnótico, ansiolítico, amnésico y miorrelajante). Al momento de preparar el tereré, de espaldas a ella, con la finalidad de hacerle perder el conocimiento, contradiciendo la negativa de la menor, la llevó detrás del banco de la plaza en el que estaban, la puso en el suelo y aprovechando que ella no podía consentir libremente la acción, abusó sexualmente de ella, provocándole lesiones por las que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente en el Hospital San José, lo que constituyó un grave daño en la salud física de la víctima.
Luego, al reponerse la menor, continuando con su engaño Gómez le dijo que se había desmayado, la acompañó a su casa, dejándola a media cuadra, momento en que el violador la coaccionó para que “no cuente nada, porque si no le iba pasar algo”.
Para el Tribunal de Juicio, el testimonio de la víctima fue determinante, ya que le otorgó verosimilitud y credibilidad a la situación relatada, precisó el portal de noticias Confirmado.
Por otra parte, el Tribunal sostuvo que “la víctima sufrió en lo directo daño físico, según está acreditado por los informes médicos, y en lo psicológico, un daño que debió ser tratado hasta lograr el alta”.
Prosigue el fundamento: “También se tuvo en cuenta como agravante la modalidad delictiva, esto es realizado en una menor afectando su capacidad de discernimiento para actuar sobre seguro”, y añade: “Considero agravantes los daños psíquicos que este tipo de conductas producen en los menores”.
Como atenuantes, el Tribunal entendió que el acusado no contaba con antecedentes penales y que del informe socioambiental practicado en el domicilio de Gómez (vivía junto a sus progenitores y cuatro hermanos), surge un concepto favorable de los vecinos hacia su persona.
Por último, el Tribunal de Juicio no solo encontró al acusado penalmente responsable y lo condenó, haciendo lugar a la acusación fiscal, adherida por la querella, sino también que ordenó su inmediata detención, que deberá cumplir en la alcaidía de la ciudad.
El Tribunal de Juicio estuvo presidido por el doctor Marcelo Fleitas, acompañado por los doctores Marcelo Pardo y Gustavo Ifran.