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Interior

Dan a conocer los fundamentos de la ratificación de condena por un homicidio cometido con exceso en la legítima defensa

El Superior Tribunal dio a conocer los fundamentos de la ratificación que realizó mediante audiencia oral de la condena a 6 años de prisión a un hombre por Homicidio agravado por el uso de arma de fuego cometido con exceso en la legítima defensa y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil y amenazas agravadas por el uso de arma, impuesta por el Tribunal de Juicio de Goya.

El Superior Tribunal de Justicia dio a conocer los fundamentos de la sentencia Penal N°29/23 dictada el 15 de marzo de 2022 en Audiencia Oral que garantiza la celeridad e inmediatez de los procesos. En ésta, se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de un hombre condenado por el Tribunal de Juicio Colegiado de Goya a 6 años de prisión por “Homicidio agravado por el uso de arma de fuego cometido con exceso en la legítima defensa y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil y amenazas agravadas por el uso de arma”.

Con primer voto del doctor Alejandro Chaín el Superior Tribunal de Justicia consideró que los argumentos expresados por la defensa en el recurso no lograron desvirtuar las conclusiones del Tribunal que lo condenó y por ello ratificó la condena.

“… los magistrados construyeron su pensamiento a partir de la confrontación razonada de la totalidad de los elementos probatorios incorporados al debate, y, con sustento en dicha labor, fue que establecieron una coherente relación entre las diversas pruebas que les permitió reconstruir el episodio en el modo en que lo hicieron, lo cual me convence de que existió una labor jurisdiccional respetuosa de la sana crítica racional que merece ser homologada…”, sostuvo el doctor Chaín.

Esto en relación a que la defensa aseguró que el disparo recibido por la víctima fue realizado por el imputado -aunque culposamente- al quitarle el arma de fuego a su hijo de 15 años de edad que es un menor inimputable, que había tomado y manipulando indebidamente, sin permiso, el arma de fuego que su padre tenía en su casa.

Pero para el Superior Tribunal de Justicia, el argumento no obtuvo sustento por la falta de ofrecimiento de tal testimonio en juicio, no pudiendo la defensa avalar su teoría del caso, ya que ello impidió que pueda ser incorporado al debate y valorado posteriormente.

Por último, el doctor Chaín indicó que no basta con decir que una sentencia es arbitraria porque sí, sino que el mismo debe fundarse en aspectos atendibles en la sentencia, donde se conjugan norma, valor y conducta.

Y en este caso la arbitrariedad no fue demostrada por el impugnante, que se limita a endilgar “que es arbitraria por falta de fundamentación” sin precisar, más que con expresiones generales tales como que “pretendía una interpretación progresiva no ceñida al texto de la ley”, la referencia a la arbitrariedad de la resolución atacada. A su voto adhirieron también los doctores Guillermo Horacio Semhan y Luis Eduardo Rey Vázquez.

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STJ GOYA HOMICIDIO

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